Extracto
RESOLUCIÓN 3375/2009, de 7 de diciembre, del Director General de Función Pública, por la que se aprueban las convocatorias para la constitución, a través de pruebas selectivas, de tres relaciones de aspirantes a la contratación temporal en los puestos de trabajo de Conductor Auxiliar de Bombero, Peón Vigilante de Observatorio y Peón Auxiliar de Bombero.
A la vista de las necesidades de personal existentes en la Agencia Navarra de Emergencias para las campañas forestales, procede realizar una convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de tres relaciones de aspirantes a la contratación temporal de los puestos de trabajo de Conductor Auxiliar de Bombero, Peón Vigilante de Observatorio y Peón Auxiliar de Bombero, en orden a la cobertura de las necesidades mencionadas.Por lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el Decreto Foral 68/2009, de 28 de septiembre, por el que se regula la contratación de personal en régimen administrativo en la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos y en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo, y de conformidad con lo previsto en el artículo 42.2 c) del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, se anuncian las siguientes:CONVOCATORIASI.-Convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes a la contratación temporal como Conductor Auxiliar de BomberoEsta convocatoria se regirá por las siguientes,basesPrimera.-Objeto.El objeto de esta convocatoria es constituir, mediante pruebas de selección, una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de trabajo de Conductor Auxiliar de Bombero, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en la Agencia Navarra de Emergencias.Segunda.-Requisitos de los participantes.2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los descendientes del cónyuge, cuando no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o título declarado equivalente a alguno de los anteriores, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes....
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Documentos citados
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Constitución Española de 1978.
- Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- LEY ORGÁNICA 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de laComunidad Foral de Navarra. - Artículo 57
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