RESOLUCION 515/2005, de 14 de septiembre, del Director General de Presidencia, por la que se ordena la inscripción del Colegio Oficial de Diplomados de Trabajo Social y Asistentes Sociales de Navarra y la publicación de sus Estatutos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Extracto


RESOLUCION 515/2005, de 14 de septiembre, del Director General de Presidencia, por la que se ordena la inscripción del Colegio Oficial de Diplomados de Trabajo Social y Asistentes Sociales de Navarra y la publicación de sus Estatutos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

RESOLUCION 515/2005, de 14 de septiembre, del Director General de Presidencia, por la que se ordena la inscripción del Colegio Oficial de Diplomados de Trabajo Social y Asistentes Sociales de Navarra y la publicación de sus Estatutos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Vista la solicitud de inscripción presentada por Colegio Oficial de Diplomados de Trabajo Social y Asistentes Sociales de Navarra y el informe emitido por la Secretaría General Técnica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

Teniendo en cuenta que se cumplen los requisitos establecidos en la Ley Foral 3/1998, de 6 de abril, de Colegios Profesionales de Navarra, y en el Reglamento de desarrollo de la misma aprobado por Decreto Foral de 375/2000, de 18 de diciembre.

En virtud de lo establecido por la Disposición Final Primera de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral,

RESUELVO:

1.º Inscribir, al amparo de la Disposición Adicional Primera de la Ley Foral 3/1998, de 6 de abril, de Colegios Profesionales de Navarra, el Colegio Oficial de Diplomados de Trabajo Social y Asistentes Sociales de Navarra en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Navarra, adscrito al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra, asignándole el número 18.

2.º Ordenar la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de los Estatutos del Colegio Oficial de Diplomados de Trabajo Social y Asistentes Sociales de Navarra, que se acompañan como Anexo.

3.º Notificar la presente Resolución al Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Navarra, advirtiéndole que contra la misma podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido por el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral, y por los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Pamplona, 14 de septiembre de 2005._El Director General de Presidencia, Ildefonso Sebastián Labayen.

A N E X O

Estatutos del Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Navarra

CAPITULO I

Disposiciones generales

Artículo 1. Naturaleza jurídica.

El Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Navarra, es una Corporación de Derecho Público de carácter representativo de la profesión, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

Artículo 2. Composición.

El Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Navarra integrará en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra a quienes posean la titulación de Diplomados Universitarios en Trabajo Social y/o Asistentes Sociales, siendo obligatoria la incorporación al Colegio Oficial para el ejercicio de la profesión.

Artículo 3. Ambito territorial.

La sede del Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Socia...

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