ORDEN FORAL 1180/1999, de 13 de abril, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se resuelve la fase de información pública y se aprueba definitivamente el 'Proyecto de trazado de mejora del Puerto de Belate, tramo: Zozaia-Doneztebe/Santesteban'.

Extracto


ORDEN FORAL 1180/1999, de 13 de abril, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se resuelve la fase de información pública y se aprueba definitivamente el 'Proyecto de trazado de mejora del Puerto de Belate, tramo: Zozaia-Doneztebe/Santesteban'.

ORDEN FORAL 1180/1999, de 13 de abril, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se resuelve la fase de información pública y se aprueba definitivamente el "Proyecto de trazado de mejora del Puerto de Belate, tramo: Zozaia-Doneztebe/Santesteban".

El Servicio de Caminos informa que por Orden Foral 1124/98, de 11 de marzo, del Consejero de Obras Públicas Transportes y Comunicaciones, se aprobó el "Proyecto de trazado de mejora del Puerto de Belate, tramo: Zozaia-Doneztebe/Santesteban", disponiéndose su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, con la relación de los bienes y derechos afectados por esta construcción.

Esta relación fue publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 45, de 15 de abril de 1998, iniciándose así el período de Información Pública.

Paralelamente, el Departamento de Ordenación del Territorio y Vivienda procedió a la tramitación del expediente de ampliación, como Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal, iniciándose el período de información pública en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 95, de 10 de agosto de 1998.

Una vez finalizado el período de alegaciones, la Comisión de Ordenación del Territorio aprobó definitivamente el Proyecto Sectorial con fecha 4 de febrero de 1999 y, posteriormente, con fecha 15 de febrero de 1999 fue aprobado por el Gobierno de Navarra.

Una vez completadas estas tramitaciones, el Servicio de Caminos considera que procede contestar las alegaciones presentadas y resolver la fase de información pública correspondiente al proyecto de trazado, aprobado técnicamente por la Orden Foral antes mencionada 1124/98, de 11 de marzo.

El citado Servicio informa, a continuación, de las alegaciones formuladas y de sus correspondientes contestaciones:

ALEGACION N.º 1

Presentada por don Javier José Macicior Céniga y don José Macicior Céniga quienes alegan:

a) Que no se haga el camino del P.K. 21+800.

Contestación:

a) Se considera necesaria la construcción de dicho camino para garantizar el acceso al lado Norte del monte así como para facilitar la permeabilidad como paso de fauna. Se ha previsto su situación en el punto más adecuado del trazado.

ALEGACION N.º 2

Presentada por don Juan Luis Apezteguía Elso en representación de don Emilio Zabala Loyarte quien alega:

a) Se haga permuta de terrenos.

b) En la parcela 260 del Polígono 1, se realice la reposición del camino a la cantera (SA-30).

Contestación:

a) La Ley de Expropiación Forzosa establece, como forma de pago del justiprecio que se fije, la entrega de dinero.

La cantera se ocupa con la traza de la nueva carretera y sus taludes, por lo que no es necesaria la reposición del camino.

ALEGACION N.º 3

Presentada por don Federico Laurnaga Iceta, en representación de doña María Jesús, don Miguel, doña María Angeles y doña Amparo Laurnaga Micheo y de don Juan Manuel Peña Laurnaga, que alega:

a) Que se expropien, en su totalidad, las parcelas 121-A (BE-4) y 121-B (BE-5) del Polígono 3.

Contestación:

a) Se deniega lo solicitado por entender que no se dan los supuestos establecidos en el artículo 23 de la Ley de Expropiación Forzosa.

ALEGACION N.º 4

Presentada por don José Luis Arcelus Lusarreta en representación de Energía Hidroeléctrica de Navarra, S.A., quien alega:

a) Que la parcela BA-19 pertenece a Energía Hidroeléctrica de Navarra, S.A.

Contestación:

a) Se tiene en consideración la alegación presentada, si bien deberá aportar la documentación acreditativa en el levantamiento de actas previas a la ocupación.

ALEGACION N.º 5

Formulada por don Pedro Arregui Alberro que alega:

a) Que la parcela SA-29 es de su propiedad.

Contestación:

a) Se tiene en consideración lo alegado si bien, en el momento del levantamiento de actas previas a la ocupación, deberá acreditar tal formulación con la documentación precisa.

ALEGACION N.º 6

Presentada por doña Ana Ruiz de Alda Moreno en representación de Andrea, Carolina, Juan, Piluca, Loreto, Ana y Julio Ruiz de Alda Moreno y que formula la siguiente alegación:

a) Las parcelas SA-20, SA-21 y SA-29 pertenecen a los herederos.

b) Que se tasen los árboles.

Contestación:

Se tiene en consideración la alegación presentada, si bien deberá aportar la documentación correspondiente en el levantamiento de actas de ocupación.

b) En el oportuno momento del expediente de expropiación se valorarán los bienes.

ALEGACION N.º 7

Presentada por doña Eulalia Ariztia Echenique quien alega:

a) Que la parcela BE-7 viene relacionada como tierra de labor, siendo dedicada a vivero de planta ornamental.

b) Que como al elevarse la carretera 5 metros, el resto de la finca será afectada quedando en forma de bañera, perdiendo su utilidad como vivero.

c) Que necesita unos accesos como los existentes.

d) Propone que se deje la finca a la misma altura que la carretera, utilizando la parcela...

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