Extracto
ORDEN FORAL 207/1998, de 23 de diciembre, del Consejero de Salud, por la que se establecen las condiciones por las que se han de regir los proyectos de investigación que el Departamento de Salud promoverá durante 1999.
ORDEN FORAL 207/1998, de 23 de diciembre, del Consejero de Salud, por la que se establecen las condiciones por las que se han de regir los proyectos de investigación que el Departamento de Salud promoverá durante 1999.
El Departamento de Salud del Gobierno de Navarra, consciente de la necesidad de promover y potenciar la investigación en Ciencias de la Salud en el ámbito de la Comunidad Foral, y en el marco establecido por la Ley General de Sanidad y la Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, así como en cumplimiento de lo previsto en el Título Décimo "Docencia e Investigación Sanitaria" de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud, considera necesario apoyar la investigación en Ciencias de la Salud en Navarra. Habida cuenta de la existencia de diferentes agencias de financiación de proyectos de investigación en Ciencias de la Salud y al objeto...Ver el contenido completo de este documento
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Documentos citados
- Ley Foral 8/1988, de 26 de Diciembre, de la Hacienda publica de Navarra. - Artículo 41
- Ley de fomento de las energias renovables e incentivacion del ahorro y eficiencia energetica en castilla-la mancha
- Sentencia de 20 de febrero de 2008, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: «cuando la conducta inspectora aparezca tipificada en la Ley General de Sanidad 14/1986, de 26 de abril, y no en la Ley del Medicamento no se le puede aplicar el plazo de caducidad de la acción previsto en el artículo 111.2 de la Ley 25/1990, del Medicamento».
- Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de salud
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