ORDEN FORAL 1035/2003, de 25 de septiembre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que, como consecuencia de los procesos de concentración parcelaria, se deja sin efecto la información pública dispuesta por Orden Foral 853/2003, de 31 de julio, en lo referente a la relación de bienes y derechos afectados en los...

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ORDEN FORAL 1035/2003, de 25 de septiembre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que, como consecuencia de los procesos de concentración parcelaria, se deja sin efecto la información pública dispuesta por Orden Foral 853/2003, de 31 de julio, en lo referente a la relación de bienes y derechos afectados en los...

ORDEN FORAL 1035/2003, de 25 de septiembre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que, como consecuencia de los procesos de concentración parcelaria, se deja sin efecto la información pública dispuesta por Orden Foral 853/2003, de 31 de julio, en lo referente a la relación de bienes y derechos afectados en los términos de Lazagurría, Torres del Río, Viana y Mendavia por el Proyecto de "Construcción de la Autovía Pamplona - Logroño, tramo General 5: Los Arcos - Eje del Ebro" y se somete a nueva información pública la relación de bienes y derechos afectados en dichos términos.

Por Orden Foral 853/2003, de 31 de julio, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones se aprobó técnicamente el proyecto de "Construcción de la Autovía Pamplona - Logroño, tramo General 5: Los Arcos - Eje del Ebro", sometiéndose a información pública la relación de los bienes y derechos afectados.

El Servicio de Proyectos, Tecnología y Obras Hidráulicas informa que se ha detectado que, debido a los procesos de concentración parcelaria en los términos de Lazagurría, Torres del Río, Viana y Mendavia, la información extraída del actual registro de riqueza territorial rústica no se atiene a la realidad, por lo que procede dejar sin efecto la información iniciada de los bienes afectados en los mencionados términos municipales e iniciar una nueva información pública con la relación de los nuevos propietarios y fincas de reemplazo.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra,

ORDENO:

1.º Dejar sin efecto la información dispuesta por Orden Foral 853/2003, de 31 de julio, en lo correspondiente a la relación de bienes y derechos afectados en los términos de Lazagurría, Torres del Río, Viana y Mendavia por el Proyecto de "Construcción de la Autovía Pamplona - Logroño, tramo General 5: Los Arcos - Eje del Ebro".

2.º Someter a información pública la relación de bienes y derechos afectados en los citados términos municipales por el mencionado proyecto, durante un periodo de 20 días hábiles, periodo en el cual, cualquier persona podrá formular cuantas observaciones o alegaciones estime oportunas y aportar, por escrito, los datos precisos para rectificar posibles...

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