RESOLUCIÓN 799/2008, de 7 de octubre, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra el texto del Convenio Colectivo de trabajo de la empresa 'Agrozumos, S.A.' de Lekunberri (Expediente número: 83/2008).

Extracto


RESOLUCIÓN 799/2008, de 7 de octubre, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra el texto del Convenio Colectivo de trabajo de la empresa 'Agrozumos, S.A.' de Lekunberri (Expediente número: 83/2008).

Con fecha 2 de octubre de 2008 ha tenido entrada en este Departamento el texto del Convenio Colectivo de trabajo de la empresa "Agrozumos, S.A.", que consta de 57 artículos, 1 disposición transitoria y 3 Anexos (conteniendo Tabla de Retribuciones para el 2008), suscrito y aprobado por la representación de la empresa, y parte del comité de empresa (U.G.T.), con fecha de 19 de septiembre.

Siendo el Departamento de Innovación, Empresa y Empleo competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de trabajo, establecidas en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 937/1986, de 11 de abril, de transferencias laborales estatales a la Comunidad Foral de Navarra; y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Proceder al registro del Convenio Colectivo de trabajo de "Agrozumos, S.A." (Código número 3100162), de Lekunberri, en el libro especial habilitado al efecto que obra en el Negociado de Registro, Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, en cuya unidad administrativa queda en depósito su texto y documentación.

2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

3. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 7 de octubre de 2008.-La Directora General de Trabajo y Prevención de riesgos, Imelda Lorea Echavarren.

CONVENIO COLECTIVO 2008-2012. AGROZUMOS, S.A.

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1.º Ámbito territorial.

El presente Convenio Colectivo será de aplicación exclusiva a los trabajadores del centro de trabajo de Agrozumos, S.A. en Lekunberri (Navarra).

Artículo 2.º Ámbito funcional.

Los preceptos de este Convenio Colectivo regulan las relaciones laborales en Agrozumos, S.A. cuya actividad principal es la elaboración de zumos, néctares y derivados de frutas.

Artículo 3.º Ámbito personal.

Será de aplicación este Convenio Colectivo a todos los trabajadores que realicen su cometido al servicio de Agrozumos, S.A. conforme las categorías descritas en su texto.

Quedan expresamente exentos la dirección de Agrozumos, S.A. y todos aquellos grupos laborales que no hayan sido explícitamente mencionados, que no se verán afectados por el presente Convenio.

Artículo 4.º Duración.

El presente Convenio Colectivo y sus anexos entrarán en vigor en la fecha de su firma, y mantendrán su vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2012. No obstante los aspectos económicos retrotraerán su vigencia al 1 de enero de 2008.

Las condiciones en él pactadas forman un conjunto indivisible y deben ser considerada...

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