CONVOCATORIA aprobada por Resolución 2833/2006, de 20 de noviembre,

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CONVOCATORIA aprobada por Resolución 2833/2006, de 20 de noviembre,

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 2833/2006, de 20 de noviembre, del Director General de Función Pública, para la provisión, mediante oposición, de 12 plazas del puesto de trabajo de Conductor al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 2833/2006, de 20 de noviembre, del Director General de Función Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 12 plazas del puesto de trabajo de Conductor al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

1._Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 12 plazas del puesto de trabajo de Conductor, de régimen funcionarial y nivel D, adscritas al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 645, 656, 657, 667, 668, 669, 676, 683, 684, 693, 699 y 6449, con destino en Cordovilla.

1.2. Las vacantes que se convocan se distribuyen en los siguientes turnos:

_5 plazas en turno libre.

_5 plazas en turno de promoción.

_2 plazas en turno de reserva para personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.

1.3. Las vacantes del turno de promoción que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán a las del turno libre.

Del mismo modo, las vacantes del turno de reserva para personas con discapacidad que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán a las del turno que proceda, siguiendo el orden de distribución establecido en el artículo 15.3 del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Por otra parte, si en el turno de promoción o en el turno de reserva para personas con discapacidad resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de estos turnos optarán a las vacantes del turno libre en concurrencia con los aspirantes de este turno, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Asimismo, podrán optar a las vacantes del turno libre, en la forma...

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