DECRETO FORAL 111/2005, de 12 de septiembre, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a fin de posibilitar la cobertura por concurso de méritos de determinadas jefaturas de sección y negociado.

Extracto


DECRETO FORAL 111/2005, de 12 de septiembre, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a fin de posibilitar la cobertura por concurso de méritos de determinadas jefaturas de sección y negociado.

DECRETO FORAL 111/2005, de 12 de septiembre, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a fin de posibilitar la cobertura por concurso de méritos de determinadas jefaturas de sección y negociado.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Disposición Adicional Tercera del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra establece que las jefaturas de sección y negociado de la Administración de la Comunidad Foral serán desempeñadas por funcionarios pertenecientes o adscritos a dicha Administración y serán provistas mediante la convocatoria de concurso de méritos.

Dentro del Acuerdo suscrito el día 15 de abril de 2002 entre la Administración y los sindicatos CC.OO., UGT y CEMSATSE (éste último referido únicamente al personal laboral), sobre condiciones de empleo del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra para los años 2002 y 2003, se incluye el compromiso de iniciar el proceso de convocatoria para la provisión, mediante concurso de méritos, de las jefaturas de sección y de negociado de la Administración de la Comunidad Foral, así como las unidades asimiladas de sus organismos autónomos, de conformidad con el Plan que se adjunta al mismo.

Mediante Acuerdo de 16 de septiembre de 2002, el Gobierno de Navarra aprueba el Plan de Actuación para la provisión mediante concurso de méritos de las jefaturas de sección y de negociado de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Con carácter previo a la aprobación de la oportuna convocatoria, se hace necesario fijar, mediante Decreto Foral de modificación de la plantilla orgánica, los aspectos recogidos en el artículo 19 del Estatuto del Personal en relación con las jefaturas que van a ser objeto de provisión este año, de conformidad con el calendario y procedimiento fijado por el Gobierno de Navarra en el Plan de Actuación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día 12 de se...

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