DECRETO FORAL 233/2003, de 15 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación.

Abogados Público y Administrativo

Extracto


DECRETO FORAL 233/2003, de 15 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación.

DECRETO FORAL 233/2003, de 15 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación.

El Decreto Foral 147/2003, de 23 de junio, por el que se modifica la denominación de los Departamentos de Educación y Cultura y de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo, obliga a la aprobación del presente Decreto Foral, de modo que quede recogido en una nueva disposición la regulación que hasta ahora se contenía en el Decreto Foral 85/2002, de 22 de abril.

A su vez, el servicio público que se presta desde las distintas unidades administrativas que conforman el Departamento de Educación obliga a una permanente adaptación, incluso nominativa, a la realidad compleja y cambiante de la sociedad en que nos toca y corresponde vivir, propiciando de esta manera el logro de los objetivos que le son propios con unas premisas básicas de calidad, eficacia y eficiencia, de gestión coherente y acorde a la política educativa que vaya aprobando el Gobierno de Navarra, que deberá a su vez corresponderse con lo indicado u obligado tanto por las normativas educativas españolas cuanto por las europeas, en cuyos marcos se integra nuestra Comunidad Foral.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el quince de julio de dos mil tres,

DECRETO:

CAPITULO I

Disposiciones generales

Artículo 1.º El Departamento de Educación tendrá la superior dirección de su titular, el Consejero de Educación.

Artículo 2.º El Departamento de Educación se estructura en los siguientes Servicios:

_Secretaría Técnica.

_Servicio de Recursos Humanos.

_Servicio de Inspección Técnica y de Servicios.

_Servicio de Centros y Ayudas al Estudio.

_Servicio de Planificación Educativa.

_Servicio de Vascuence.

_Servicio de Formación Profesional.

_Servicio de Atención a la Diversidad, Multiculturalidad e Inmigración.

_Servicio de Enseñanza y Extensión Universitarias e Investigación.

_Servicio de Programación, Investigación y Desarrollo Lingüístico.

Artículo 3.º 1. L...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía