ORDEN FORAL 247/2008, de 19 de junio, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de becas para los cursos de Monitores o Directores de Tiempo Libre organizados e impartidos por las Escuelas de Tiempo Libre oficialmente reconocidas y para que los profesionales del ámbito de juventud asistan a jornadas, encuentros, seminarios, congresos y master, en esta materia.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante Decreto Foral 217/2007, de 24 de septiembre, se creó el Instituto Navarro de la Juventud, y se aprobaron sus estatutos. Su fin general es amparar los derechos de los jóvenes como ciudadanos, a través de una participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural, actuando de manera transversal en los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. En sus estatutos se contempla, como función propia del Instituto Navarro de la Juventud, la gestión de los programas de ayudas y subvenciones; que deberá ajustarse en todo a lo previsto en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.

Uno de los objetivos del Instituto Navarro de la Juventud es la formación de las personas que hayan de estar en relación directa con los jóvenes, como se recoge en el Artículo 16, apartado p), del Decreto Foral 217/2007, por el que se crea dicho Organismo y se establecen sus estatutos.

El Decreto Foral 236/1999, de 21 de julio, por el que se crea la Escuela Navarra de Actividades con Jóvenes (ENAJ), dice en su Artículo 3, apartado a) que corresponde a la ENAJ la función de "Formar técnicos y especialistas en materia de juventud".

Por Acuerdo de Gobierno de 9 de junio de 2008 se autorizó la tramitación en régimen de valoración individualizada de la presente Convocatoria de becas a las personas que realicen cursos de formación en la Escuela Navarra de Actividades con Jóvenes (ENAJ) y cursos de Monitores o Directores de Tiempo Libre organizados e impartidos por las Escuelas de Tiempo Libre oficialmente reconocidas, así como a aquéllas que participen en cursos que, desde el Instituto Navarro de la Juventud, se consideran de interés.

En consecuencia, en uso de las facultades que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de becas para los cursos de Monitores o Directores de Tiempo Libre organizados e impartidos por las Escuelas de Tiempo Libre oficialmente reconocidas y para que los profesionales del ámbito de juventud asistan a jornadas, encuentros, seminarios, congresos y master, en esta materia.

  2. Autorizar un gasto de 44.000 euros para hacer frente a la presente convocatoria que se abonará con cargo a la Partida Económica 960002-96100-4809-232100 denominada "Becas de Formación", de los Presupuestos Generales de Navarra para 2008.

  3. Publicar esta Orden Foral en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

  4. Notificar la presente Orden Foral a la Intervención Delegada del Instituto Navarro de la Juventud, al Instituto Navarro de la Juventud, a la Subdirección de Juventud, a su Sección de Secretaría General, a la Sección de Planificación e Información, a la ENAJ y al BOLETÍN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos, significándole que podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Pamplona, 19 de junio de 2008.-La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, María Isabel García Malo.

ANEXO

Bases

  1. Objeto.

    La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de becas o ayudas económicas destinadas a promover la educación no formal de los jóvenes de Navarra para que puedan realizar sus actividades de ocio, tiempo libre y voluntariado en las mejores condiciones posibles y que tanto los jóvenes, como los técnicos que trabajan para ellos, puedan acceder a esta formación en igualdad de oportunidades.

  2. Fin.

    Las becas tienen como fin el compensar parcialmente los gastos ocasionados por los derechos de matrícula de los cursos siguientes:

    1. Cursos de Monitor o...

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