DECRETO FORAL 244/1998, de 17 de agosto, por el que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de bienes y derechos afectados por el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Fundación-Museo Jorge Oteiza, en Alzuza (Valle de Egüés).

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 244/1998, de 17 de agosto, por el que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de bienes y derechos afectados por el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Fundación-Museo Jorge Oteiza, en Alzuza (Valle de Egüés).Boletín Oficial de Navarra Número 107 - Fecha 07/09/1998

El Gobierno de Navarra, mediante Acuerdo de 23 de junio de 1997, declaró la creación de la Fundación-Museo Jorge Oteiza, en Alzuza (Valle de Egüés), como Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal, promovido por el Departamento de Educación y Cultura, el cual fue aprobado definitivamente por Acuerdo de 22 de diciembre de 1997, del Gobierno de Navarra.

Por Orden Foral 197/1998, de 11 de junio, del Consejero de Educación y Cultura, se sometió a información pública, durante un mes, la relación de bienes y derechos afectados por el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Fundación-Museo Jorge Oteiza, en Alzuza (Valle de Egüés), y por Orden Foral 293/1998, de 6 de agosto, se ha aprobado definitivamente la relación de propietarios, bienes y derechos afectados por dicho Plan.

Siendo necesario el inicio de las obras conducentes a la implantación de la Fundación-Museo Jorge Oteiza, dotación cultural cuyo origen se encuentra en la generosa donación que, de toda su obra, el escultor don Jorge Oteiza ha realizado al pueblo navarro y cuya proyección cultural y turística será de gran relevancia para nuestra Comunidad Foral, resulta ineludible disponer de inmediato del suelo a ocupar, a fin de cumplir los proyectos de inversión del Departamento de Educación y Cultura, acudiendo para ello a la declaración, por parte del Gobierno de Navarra, de la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57, b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, y del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, a propuesta del...

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