ORDEN FORAL 1/2017, de 9 de enero, del Consejero de Hacienda y Política Financiera por la que se modifica la Orden Foral 129/2010, de 17 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 170 de declaración de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La presente Orden Foral tiene por objeto recoger modificaciones de carácter técnico en el modelo 170, a través del cual, las entidades bancarias o de crédito y las demás entidades que presten el servicio de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito a empresarios y profesionales establecidos en España, presentan la declaración informativa anual de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos a este sistema cuando el importe neto anual de los mencionados cobros exceda de 3.000 euros, obligación que les impone el artículo 62.21 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo.

Para ello, y en aras de facilitar el intercambio de información entre Administraciones Públicas, se modifican los diseños de registro del referido modelo que se recogen en el Anexo II de la Orden Foral 129/2010, de 17 de septiembre, a fin de ampliar el número de posiciones que permite el campo “Número total de identificadores de comercio”.

Por otra parte, con la finalidad de anticipar la información necesaria para confeccionar con la mayor calidad posible los datos fiscales que se ofrecen a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se ha considerado necesario anticipar al mes de febrero el plazo de presentación del modelo 170.

El artículo 62.23 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas autoriza al Consejero de Economía y Hacienda para establecer la forma y el lugar de presentación del modelo informativo.

Por ello, en virtud de la habilitación conferida por el referido artículo 62.23,

ORDENO:

Artículo único –Modificación de la Orden Foral 129/2010, de 17 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 170 de declaración de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito.

Uno. Se modifica el artículo 4 de la Orden Foral 129/2010, de 17 de septiembre, que quedará redactado de la siguiente manera:

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