ORDEN FORAL 188/2015, de 25 de junio, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo por la que se modifica la Orden Foral 105/2013, de 25 de marzo, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se aprueba el modelo 230, “Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de no Residentes: Retenciones e ingresos a cuenta del gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas; Impuesto sobre Sociedades: Retenciones e ingresos a cuenta sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. Autoliquidación” y el modelo 136, “Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. Autoliquidación”.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Orden Foral 105/2013, de 25 de marzo, se aprobó el modelo 230, “Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de no Residentes: Retenciones e ingresos a cuenta del gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas; Impuesto sobre Sociedades: Retenciones e ingresos a cuenta sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. Autoliquidación”. En la misma, la obligación de retener e ingresar a cuenta se establecía conforme al punto de conexión vigente en ese momento, y contenido en el artículo 14 del Convenio Económico con el Estado. Este artículo, regulador de las “Retenciones e ingresos a cuenta por determinados incrementos de patrimonio”, en su apartado 2, atribuía a la Comunidad Foral de Navarra la competencia para exigir, conforme a su propia normativa, las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes a premios que se entregaran como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, cuando el pagador de los mismos tuviera su domicilio fiscal en territorio navarro.

Recientemente se ha aprobado la Ley 14/2015, de 24 de junio, por la que se modifica la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra. Esta Ley modifica el apartado 2 del artículo 14 del Convenio Económico y añade un apartado 3 a dicho artículo con el fin de distinguir los criterios que determinan la competencia de la Comunidad Foral de Navarra en relación con las retenciones correspondientes al gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas, de aquéllos en relación con las retenciones e ingresos a cuenta correspondiente al resto de premios. Respecto de los primeros, se dispone que la Comunidad Foral de Navarra será competente para exigir las retenciones cuando el perceptor tenga su residencia habitual o domicilio fiscal en su territorio, sin atender al domicilio fiscal del pagador. En relación con los segundos, se mantiene el mismo criterio de competencia que en la redacción anterior del artículo 14.

Procede, por ello, modificar la referida Orden Foral 105/2013 para adaptar sus disposiciones relativas al modelo 230 al nuevo ámbito de competencia de la Comunidad Foral sobre los pagos a cuenta del gravamen especial.

Asimismo, se modifica la Orden Foral 105/2013 para admitir como única forma de presentación válida del modelo 230 la vía telemática, a través de Internet, y permitir el ingreso mediante la carta de pago modelo 764 o cualquiera de los restantes medios de pago admitidos a tal efecto.

En la disposición final primera se incorpora el modelo 230 a la relación de modelos que admiten domiciliación bancaria de pagos.

El...

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