ORDEN FORAL 242/2016, de 25 de noviembre, del Consejero de Desarrollo Económico, por la que se modifica la Orden Foral 294/2012, de 8 de junio, de la Consejera de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente, por la que se establece la ordenación del control metrológico en Navarra.
Fecha de Entrada en Vigor | 1 de Enero de 2017 |
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
Por Orden Foral 294/2012, de 8 de junio, de la Consejera de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente, se estableció la ordenación del control metrológico en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. La nueva regulación establecida por la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología y por el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, que la desarrolla, hacen necesario modificar dicha Orden Foral.
La presente Orden Foral tiene por objeto actualizar las referencias a la normativa estatal e incorporar las disposiciones precisas para adecuar el régimen de habilitación para la ejecución del control metrológico en Navarra a lo establecido en la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, de conformidad con lo establecido en la Disposición transitoria única de la misma. En concreto, desaparece la habilitación a la sociedad pública “Centro Europeo de Empresas e Innovación de Navarra, S.L.”, para efectuar la verificación después de reparación o modificación y la verificación periódica, ya que estas actividades pasarán a ser desarrolladas por organismos autorizados de verificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la citada Ley 32/2014, de 22 de diciembre.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1.g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,
ORDENO:
Los preceptos de la Orden Foral 294/2012, de 8 de junio, de la Consejera de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente, por la que se establece la ordenación del control metrológico en Navarra que a continuación se relacionan, quedan redactados del siguiente modo:
Uno.–Modificación del artículo 2. Control metrológico:
Artículo 2. El control metrológico.
1. La Dirección General de Industria, Energía e Innovación ejercerá las funciones previstas en el artículo 15 de la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de...
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