ORDEN FORAL 44/2016, de 6 de abril, del Consejero de Educación por la que se modifica la Orden Foral 169/2015, de 31 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 8/2015, de 22 de julio, establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el ámbito competencial correspondiente a cada Departamento.

Por Decreto Foral 56/2015, de 12 de agosto, se establece la estructura básica del Departamento de Educación. Asimismo, por Decreto Foral 136/2015, de 28 de agosto, se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, hasta el nivel de sección.

Por otra parte, por Orden Foral 169/2015, de 31 de diciembre, del Consejero de Educación, se establecen la adscripción y funciones de los negociados del Departamento de Educación.

La presente Orden Foral tiene por objeto la modificación de la estructura a nivel de negociados del Servicio de Infraestructuras Educativas, del ámbito de la Dirección General de Universidades y Recursos Educativos. Con el fin de racionalizar la adscripción de funciones, se suprime el Negociado de Servicios Complementarios y se crea el Negociado de Gestión de Servicios Educativos.

En su virtud, y en aplicación del artículo 24.4 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Se modifica el artículo 39 de la Orden Foral 169/2015, de 31 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se establecen la adscripción y funciones de los negociados del Departamento de Educación, que queda redactado con el siguiente contenido:

Artículo 39 Estructura y adscripción de negociados.
  1. El Servicio de Infraestructuras Educativas se estructura en los siguientes negociados:

    –Negociado de Contratación.

    –Negociado de Gestión de Servicios Escolares.

    –Negociado de Construcciones.

    –Negociado de Mantenimiento.

    –Negociado de Adquisiciones.

  2. Los Negociados de Contratación y de Gestión de Servicios Escolares se adscriben a la Sección de Contratación, Servicios Complementarios y Coordinación Administrativa.

    El Negociado de Construcciones se adscribe a la Sección de Obras.

    Los Negociados de Mantenimiento y de Adquisiciones se adscriben a la Sección de Mantenimiento de Centros y Dependencias del Departamento de Educación.

    1. Se modifica el artículo 41 de la Orden Foral 169/2015, de 31 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se establecen la adscripción y...

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