ORDEN FORAL 80/2015, de 10 de septiembre, del Consejero de Derechos Sociales, por la que se designan los suplentes temporales de los Directores Generales y del Secretario General Técnico del Departamento de Derechos Sociales.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante Decreto Foral 128/2015, de 28 de agosto, se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales, que se estructura en la Dirección General de Inclusión y Protección Social, en la Dirección General de Observatorio de la Realidad Social, de Planificación y de Evaluación de las Políticas Sociales y en la Secretaría General Técnica.

El artículo 41.2 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, dispone que el titular de cada Departamento designará mediante orden foral a quien deba suplir temporalmente a los Directores Generales y al Secretario General Técnico, en los casos de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal de los mismos. El apartado 6.º del mismo artículo señala que la designación de suplentes se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, salvo las que se establezcan para supuestos concretos.

En consecuencia, en virtud de las facultades atribuidas por la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

Primero.–En caso de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal de la Directora General de Inclusión y Protección Social será suplida temporalmente por los Directores de Servicio dependientes de la misma, conforme al orden siguiente:

  1. Directora del Servicio de Atención Primaria e Inclusión Social.

  2. Director del Servicio de Garantía de Ingresos y Cooperación al Desarrollo.

  3. Director del Servicio de Vivienda.

    Segundo.–En caso de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal del Director General de Observatorio de la Realidad Social, de Planificación y de Evaluación de las Políticas Sociales será suplido temporalmente por los Directores de Servicio dependientes del mismo, conforme al orden siguiente:

  4. Director del Servicio de Observatorio de la Realidad Social.

  5. Director del Servicio de Calidad e Inspección.

    Tercero.–En caso de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal del Secretario General Técnico del Departamento será suplido temporalmente, conforme al siguiente orden por:

  6. El Jefe...

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