Ordenanza municipal de ayudasa la rehabilitación y construcción de edificaciones

SecciónIII - Consejo de Navarra
Rango de LeyOrden

El Pleno del Ayuntamiento de Isaba, en sesión celebrada el día 5 de abril de 2016, aprobó inicialmente la Ordenanza Municipal reguladora de ayudas a la rehabilitación y construcción de edificaciones en la Villa de Isaba. Transcurrido el periodo de exposición pública, tras la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra (Boletín Oficial de Navarra número 84, de 3 de mayo de 2016), no se han presentado reclamaciones, por lo que se entiende aprobada definitivamente.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Isaba, 6 de junio de 2016.–El Alcalde-Presidente, Jesús Barace Marco.

ORDENANZA REGULADORA DE AYUDAS A LA REHABILITACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE EDIFICACIONES EN LA VILLA DE ISABA

Artículo 1 Objeto.

Es objeto de esta Ordenanza la regulación de concesión de ayudas económicas a las obras de rehabilitación, reparación, ampliación, mejora y modernización, y nuevas construcciones de viviendas y edificios destinados al ejercicio de actividades económicas en el término municipal de Isaba.

Artículo 2 Requisitos.

Serán beneficiarios de las ayudas económicas los promotores de obras que cumplan y acrediten documentalmente los siguientes requisitos:

  1. Ser mayor de edad.

  2. Justificar la residencia habitual y permanente durante los últimos cinco años en cualquiera de las localidades del Valle del Roncal.

  3. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y tributarias con el Ayuntamiento de Isaba.

  4. Presentar Memoria descriptiva, Croquis y Presupuesto desglosado de ejecución material de las obras, y en su caso, proyecto firmado por técnico competente visado por el Colegio Oficial correspondiente.

  5. Haber obtenido, previos los trámites de Habitabilidad, Actividad Clasificada y cualesquiera otros necesarios, la Licencia de obras municipal y haber efectuado el pago del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

Artículo 3 Tipo de Ayudas Económicas.

Apartado 1.º.

  1. Vivienda habitual y permanente en Isaba (1.ª vivienda): Se concederá una subvención del 2,50 puntos sobre el Presupuesto de liquidación total de las obras de rehabilitación, mejora, reparación, ampliación, modernización y nuevas construcciones, quedando condicionada esta ayuda a la acreditación de...

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