RESOLUCION 39/2008, de 27 de febrero, de la Directora General de Transportes por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a municipios de Navarra para financiar parcialmente las inversiones en materia de construcción e instalación de marquesinas en paradas de autobuses en el año 2008.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

Uno de los elementos que permite una mejora del servicio y de la seguridad en el transporte público de viajeros es la construcción e instalación de marquesinas en las paradas establecidas para los autobuses, ubicadas en las distintas localidades de Navarra y, por ello, es necesario aprobar una convocatoria en la que se establezcan los criterios que han de regir la concesión de subvenciones.

La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, constituye el marco regulador común para todo tipo de subvenciones otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra y en ella se establecen los principios, criterios, competencias y obligaciones, así como los procedimientos de concesión, gestión, reintegro, seguimiento y control de las subvenciones y las infracciones y sanciones.

La Ley Foral 1/2008, de 24 de enero, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2008, habilita una partida presupuestaria en el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, denominada "Vías de parada y marquesinas".

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por el artículo 22.1.d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

  1. Aprobar la convocatoria de concesión de subvenciones a municipios de Navarra para financiar parcialmente las inversiones destinadas a la construcción e instalación de marquesinas en paradas de autobuses en el año 2008, que se regirá por las bases que se incluyen como Anexo I y por lo dispuesto en el Anexo II de la presente Resolución.

  2. Aprobar el gasto de 460.000 euros, que podrá hacerse efectivo con cargo a la partida presupuestaria 630000-62110-7609-441100, denominada "Vías de parada y marquesinas", del Presupuesto de gastos de 2008. Número de Expediente RCSA 755.

  3. Publicar esta Resolución y sus anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y notificarla a los Servicios de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes y de Ordenación y Gestión de Transportes, al Negociado de Gestión Económica y a la Intervención de Economía y Hacienda en el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, a los efectos oportunos.

Pamplona, 27 de febrero de 2007.-La Directora General de Transportes, Susana Labiano Bastero.

ANEXO I

Bases de la convocatoria de subvenciones a municipios para la financiación parcial de construcción e instalación de marquesinas en el año 2008

  1. -Objeto de la convocatoria.

    La presente convocatoria tiene por objeto regular el régimen de concesión de subvenciones a los municipios de Navarra para financiar parcialmente inversiones con el fin de ejecutar la construcción de marquesinas y su instalación en paradas de autobuses para el transporte interurbano de viajeros en el año 2008, por considerar que su instalación redundará en una mejora de las condiciones de prestación del servicio público de transporte de viajeros por carretera.

    En todo caso la instalación de marquesinas a que se hace referencia en las bases de esta convocatoria deberá ajustarse a lo establecido en la misma.

    Quedan excluidas de esta convocatoria todas las obras y actividades cuya finalidad sea la reparación, reforma, mantenimiento y conservación o traslado a otro lugar de las marquesinas existentes.

    Quedan excluidas de esta convocatoria la construcción e instalación de marquesinas en paradas que no estén autorizadas en las concesiones de transporte público interurbano regular permanente de uso general de viajeros.

  2. -Beneficiarios.

    Podrán acogerse a este régimen de subvenciones los municipios que proyecten la construcción e instalación de marquesinas cuyo expediente de contratación de las obras se inicie en el ejercicio económico de 2008 y finalicen su instalación antes del 14 de noviembre de 2008.

  3. -Ayudas previstas.

    Las ayudas o subvenciones reguladas en la presente convocatoria se destinarán íntegramente a la financiación parcial de las inversiones necesarias para la construcción e instalación de marquesinas. La subvención será del 75 por 100 del total del gasto ocasionado por la construcción e instalación de la marquesina y, en todo caso, esta ayuda no podrá superar la cuantía de 12.000 euros por marquesina.

    En el caso de que el número de solicitudes admitidas y la consignación presupuestaria disponible lo permitan se podrá conceder una subvención de hasta el 90 por 100 del total del gasto ocasionado por la construcción e instalación de la marquesina, cantidad que no podrá superar la cuantía de 15.000 euros por marquesina.

  4. -Presentación de solicitudes y documentación exigida.

    4.1. Las solicitudes deberán presentarse en el Registro del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones (Avenida San Ignacio, 3, planta baja, Pamplona), o en cualquiera del resto de oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra relacionadas en el Decreto Foral 137/2002, de 24 de junio, o en cualquiera de los lugares a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, con objeto de que en la cabecera de la primera hoja se hagan constar la fecha de su admisión y las demás especificaciones a que se refiere el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se regula la prestación de los servicios postales.

    4.2. Las solicitudes serán firmadas por el alcalde o alcaldesa del Ayuntamiento y se dirigirán a la Dirección General de Transportes acompañadas de la siguiente documentación:

    1. Presupuesto de ejecución de la construcción de la marquesina y su instalación con la memoria valorada y actualizada del proyecto básico de la marquesina, firmada por técnico competente en la materia, adjuntando documentación gráfica en la que se refleje la obra a construir e instalar, para su análisis y valoración.

      Dicho proyecto básico deberá tener en cuenta los requisitos establecidos en los apartados 1 y 3 del Anexo II de la presente convocatoria indicando el modelo de marquesina que se instalará.

    2. Certificado en el que conste el acuerdo municipal de la financiación prevista y, en su caso, de las instituciones cofinanciadoras, con desglose de las cantidades previstas por cada una de ellas, así como el plazo previsto para la ejecución de las obras e instalación. En el mismo certificado se hará constar la voluntad de realizar la obra e instalación subvencionada, asumiendo el compromiso de financiación de las misma, incluso de los sobrecostes que pudieran originarse sobre el presupuesto indicado en la memoria a que se refiere el apartado anterior y...

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