RESOLUCION 102/2004, de 21 de diciembre, de la Directora de Atención Primaria, por la que se establecen los índices de ponderación de carga de trabajo, según tramos de edad, que se aplicarán sobre las Tarjetas Individuales Sanitarias para el cálculo del complemento de capitación y del plus de dispersión geográfica del personal médico y de...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

RESOLUCION 102/2004, de 21 de diciembre, de la Directora de Atención Primaria, por la que se establecen los índices de ponderación de carga de trabajo, según tramos de edad, que se aplicarán sobre las Tarjetas Individuales Sanitarias para el cálculo del complemento de capitación y del plus de dispersión geográfica del personal médico y de enfermería de los Equipos de Atención Primaria del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Mediante Decreto Foral 29/2004, de 6 de septiembre, se regulael complemento de capitación y el plus de dispersión geográfica asignados al personal sanitario de los Equipos de Atención Primaria adscrito al Servicio Navarro de Salud, que en su artículo 14.1 dispone que la ponderación en función de la carga de trabajo se efectuará aplicando al número de Tarjetas Individuales Sanitarias en cada tramo de edad los índices que se determinarán mediante Resolución del Director de Atención Primaria.

Es aceptado que la edad al asociarse directamente con la mayor omenor presencia de problemas de salud es uno de los factores a considerar a la hora de determinar las diferentes cargas de trabajo que genera un determinado grupo de población a los profesionales del ámbito de la Atención Primaria.

El diferente peso relativo y diferente carga de trabajo que se atribuye a cada Tarjeta Individual Sanitaria (TIS) en relación a su edad se basa en el estudio realizado en la Dirección de Atención Primaria de Navarra en el año 2003. En éste se determinó la frecuentación que en Navarra genera cada uno de los grupos de edad en que se fraccionó la población. Se calculó la diferente frecuentación relativa de cada persona con derecho a asistencia sanitaria de cada grupo etario, que se considera puede ser equiparable al concepto de carga de trabajo.

En virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral 276/2003, de 28 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea,

RESUELVO

  1. Establecer los índices de ponderación de carga de trabajo según tramos de edad que se aplicarán sobre las Tarjetas Individuales Sanitarias:

    0-2 años: 4,050.

    3-6 años: 2,100.

    7-14 años: 1,193.

    15-44 años: 1.

    45-54 años: 1,480.

    55-64 años: 2,284.

    65-74 años: 3,497.

    >= 75 años: 5,048.

  2. Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  3. Señalar...

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