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DECRETO FORAL 268/1996, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan de Recuperación del Oso Pardo (Ursus Arctos).
DECRETO FORAL 268/1996, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan de Recuperación del Oso Pardo (Ursus Arctos).Boletín Oficial de Navarra Número 93 - Fecha 02/08/1996
El oso pardo (Ursus Arctos L.) es una especie catalogada en peligro de extinción tanto por el Decreto Foral 563/1995, de 27 de noviembre, en lo que se refiere a Navarra, como por el Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, en cuanto al ámbito territorial del Estado. Asimismo, en el ámbito europeo, la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992, del Consejo, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, considera esta especie como de interés comunitario para cuya conservación es necesario designar zonas especiales de conservación. El artículo 16 de la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats, establece que las especies catalogadas en peligro de extinción deberán contar con un plan de recuperación, por lo que se hace preciso dotar al oso pardo de dicho plan. Mediante Orden Foral 64/1995, de 25 de septiembre, el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda sometió a exposición pública el proyec...Ver el contenido completo de este documento
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Documentos citados
- REAL DECRETO 1997/1995, de 7 de Diciembre, por el que se establece medidas para contribuir a Garantizar la Biodiversidad mediante la Conservacion de los Habitats naturales y de la Fauna y Flora silvestres.
- Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el catálogo nacional de especies amenazadas.
- Ley Foral 2/1993, de 5 de Marzo, de Proteccion y Gestion de la Fauna silvestre y sus habitats - Artículo 16
- Ley Foral 13/1990, de 31 de diciembre, de Proteccion y desarrolló del patrimonio forestal de navarra
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