RESOLUCIÓN 408/2014, de 13 de agosto del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se aprueban las Instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento del Conservatorio Profesional de Música “Pablo Sarasate” y de la Escuela de Danza de Navarra en el curso 2014/2015.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

La Sección de Enseñanzas Artísticas y de Gestión de la Ciudad de la Música presenta informe favorable para que se proceda a la aprobación de las Instrucciones que van a regular la organización y el funcionamiento del Conservatorio Profesional de Música “Pablo Sarasate” y de la Escuela de Danza de Navarra, durante el curso 2014/2015.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

  1. Aprobar las Instrucciones que figuran como Anexo I y a las que deberá ajustarse la organización y el funcionamiento del Conservatorio Profesional de Música “Pablo Sarasate” de Pamplona, durante el curso escolar 2014/2015.

  2. Aprobar las Instrucciones que figuran como Anexo II y a las que deberá ajustarse la organización y el funcionamiento de la Escuela de Danza de Navarra, durante el curso escolar 2014/2015.

  3. Publicar la Presente Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

  4. Trasladar la presente Resolución y sus Anexos a los Servicios de Inspección Educativa y de Recursos Humanos, a la Sección de Enseñanzas Artísticas y de Gestión de la Ciudad de la Música y a los centros afectados, a los efectos oportunos.

  5. Contra la presente Resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante el Consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 13 de agosto de 2014.–El Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, David Herreros Sota.

ANEXO I

Instrucciones por las que se regula la organizacion y el funcionamiento del Conservatorio profesional de música “Pablo Sarasate” para el curso 2014-2015.

  1. Programación General Anual del Centro.

    1. –Contenido de la PGA.

      El Conservatorio Profesional de música “Pablo Sarasate” elaborará, al inicio del curso, la Programación General Anual, que garantizará el desarrollo coordinado de todas las actividades educativas, el correcto ejercicio de sus competencias y la participación de todos los sectores de la comunidad escolar.

      Dicha Programación General Anual se realizará conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

      La Programación General Anual contendrá los siguientes aspectos:

      A.–El horario general del centro y los criterios pedagógicos establecidos para su elaboración.

      B.–Las actividades docentes correspondientes a las enseñanzas profesionales de música.

      C.–El plan de formación del profesorado del centro.

      D.–La Programación Anual de actividades complementarias y extraescolares.

      E.–La Memoria administrativa.

      F.–La concreción del Proyecto Educativo.

      G.–El Proyecto Curricular o las modificaciones del mismo.

      A.–Horario general del centro y criterios pedagógicos establecidos para su elaboración.

      El Horario General del centro, elaborado por el Equipo Directivo una vez oído el Claustro, se confeccionará de modo que garantice el cumplimiento de las actividades previstas en la Programación General Anual del Centro. En consecuencia, el Horario General del centro incluirá al menos:

      1. El horario en el que el centro permanecerá abierto para la Comunidad Escolar.

      2. El horario lectivo del alumnado.

      3. La distribución horaria de actividades no lectivas para el alumnado.

      4. La previsión del calendario final de actividades de mayo y junio, con indicación de las pruebas, evaluaciones finales y periodo de consulta. Antes del 20 de abril el centro remitirá al Servicio de Inspección Educativa el calendario definitivo de las citadas actividades.

      5. El horario general del profesorado.

      6. El horario individual del profesorado.

        En la confección del Horario General del centro se tendrán en cuenta necesariamente, además de lo aportado por el Claustro y de las instrucciones que se dicten desde el Negociado de Coordinación de la Ciudad de la Música, los criterios que a continuación se detallan:

        –El horario del Conservatorio será de lunes a sábado, ambos inclusive. De lunes a viernes de las 8:30 horas a las 21 horas. El sábado será de las 9 horas a las 14 horas.

        –Los sábados serán días hábiles para el estudio en el Conservatorio, debiendo establecer el equipo directivo, de acuerdo con la Jefa de Negociado de Coordinación de la Ciudad de la Música, el sistema de acceso del alumnado a las diversas aulas e instrumentos y cuidado de los mismos.

        –La Jefa del Negociado, en coordinación con el equipo directivo, arbitrará los medios para que permanezca abierto por las mañanas en época de vacaciones escolares.

        –En ningún caso, las preferencias horarias del profesorado podrán ir en contra de los criterios que, en su caso, oriente al respecto el Claustro o de las necesidades del alumnado derivadas de la compatibilización de horarios entre las enseñanzas artísticas y la educación primaria y secundaria.

        B.–Actividades docentes.

        El Claustro de profesores, a través de los departamentos didácticos, programará las actividades docentes del centro y las remitirá al Equipo Directivo. Los documentos de conformidad de las programaciones didácticas visados por la Dirección deberán incluirse en la Programación General Anual.

        La programación de las actividades docentes se configurará teniendo en cuenta los criterios para la elaboración de los horarios y contendrá, al menos, el plan de acción tutorial, las evaluaciones y sistemas de recuperación, los proyectos de coordinación interdisciplinar y las programaciones de los Departamentos didácticos.

        C.–Plan de formación del profesorado del centro.

        El Conservatorio incluirá en su programación un Plan de formación para el profesorado del centro. La Comisión de Coordinación Pedagógica propondrá para su elaboración al Claustro un plan de formación para el profesorado del centro, a la vista de la oferta contenida en el plan de formación que propone el Departamento de Educación y de las actividades formativas que puedan ser propuestas por el centro. En cualquier caso, no se considerará actividad formativa la realización de conciertos y otras actividades artísticas desarrolladas por el profesorado.

        En el plan al que se refiere este apartado, se tendrán en cuenta las necesidades que se diagnostiquen en el proceso de elaboración y revisión del Proyecto Educativo y del Proyecto Curricular en él incluidos, así como aquellas que se deriven de la renovación y reflexión sobre la práctica docente.

        D.–Programación anual de actividades complementarias y extraescolares.

        Las actividades complementarias y extraescolares que se planteen deberán orientarse a completar o ampliar la acción docente. Estas actividades deberán tener en cuenta las directrices elaboradas previamente por el Consejo Escolar.

        E.–Memoria administrativa.

        Será elaborada por el Equipo Directivo y contendrá, entre otros elementos, el Documento de Organización del Centro.

        El Documento de Organización del Centro se cumplimentará con los impresos enviados al centro por el Servicio de Inspección Educativa. Dichos impresos serán remitidos, debidamente cumplimentados, al citado Servicio en el plazo de 20 días, una vez comenzadas las actividades lectivas del curso escolar.

        F.– Concreción del Proyecto Educativo.

        El Proyecto Educativo de Centro incluye:

      7. Las señas de identidad.

      8. Los objetivos educativos establecidos por la comunidad educativa.

      9. La organización general del centro.

      10. El Plan de convivencia.

      11. Las relaciones previstas con instituciones públicas y privadas para la mejor consecución de los fines establecidos.

        El Equipo Directivo y la Comisión de Coordinación Pedagógica elaborarán en el mes de septiembre el Plan de actuación que seguirán los diferentes órganos del centro, a lo largo del curso 2014/2015, para llevar a cabo, de manera coordinada, la revisión y actualización de las enseñanzas profesionales de música reguladas en la LOE. En dicho plan se tendrán en cuenta las siguientes particularidades:

        –Inclusión de las decisiones sobre el contenido y evaluación de las pruebas de acceso a las enseñanzas profesionales de música.

        –Preparación/revisión de las programaciones didácticas de las especialidades/asignaturas que se oferten en cada año académico.

        –Adaptación del Proyecto Educativo de Centro a lo dispuesto en el Artículo 121 de la LOE.

        El Servicio de Inspección Educativa revisará la propuesta del Plan de actuación efectuado por el centro, comprobará que se ajusta a la normativa vigente, realizará a lo largo del curso un seguimiento de su desarrollo y prestará el apoyo necesario para su adecuado cumplimiento.

        Como resultado del análisis de la propia realidad interna y del contexto socioeconómico y cultural del Centro, y con el objeto de garantizar la coherencia y continuidad de la acción docente y educativa del mismo, el Proyecto Educativo de Centro fija los objetivos, prioridades y procedimientos de actuación.

        G.–Proyecto Curricular.

        El Conservatorio Profesional de Música “Pablo Sarasate” impartirá las correspondientes enseñanzas con arreglo al Proyecto Curricular y a las programaciones didácticas, que concretarán lo regulado en el Decreto Foral 21/2007, de 19 de marzo, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de música reguladas por la LOE.

        El Proyecto Curricular, entendido como un conjunto de decisiones sobre los distintos elementos del currículo, pretende dar respuesta desde la propia realidad del centro a las necesidades formativas de carácter profesional del alumnado. Además, debe asegurar la coherencia del conjunto de actuaciones de los profesores y se inspira en el Proyecto Educativo.

        Dicho Proyecto Curricular deberá incluir:

      12. Las decisiones y medidas relativas a la coordinación curricular que figuran a continuación:

      13. La adecuación de los objetivos generales de las enseñanzas impartidas a las circunstancias del centro y del alumnado, indicándose las medidas que han de adoptarse para su eficaz consecución.

      14. Las decisiones de carácter general sobre metodología.

      15. Los criterios sobre el proceso de evaluación y promoción del...

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