RESOLUCIÓN 1463/2014, de 3 de julio, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo, por la que se regula la concesión de subvenciones a las Entidades Locales de Navarra por la contratación de jóvenes desempleados menores de 25 años o menores de 30 años si tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 33%.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

Una de las grandes preocupaciones del Gobierno de Navarra es la reducción de la tasa de desempleo de los y las jóvenes menores de 25 años. Para ello ha articulado un Programa de Empleo Joven que se encuadra dentro del Programa Operativo de Empleo Juvenil del Fondo Social Europeo. Los tres ejes de acción de este programa contribuyen a mejorar la cualificación profesional, fomentar la contratación y lograr la orientación individualizada de este colectivo, con el fin de mejorar su tasa de empleo. Entre las medidas fijadas para el fomento de la contratación se incluye la concesión de subvenciones dirigidas a fomentar la contratación de jóvenes desempleados por Entidades Locales, que es la que es objeto de desarrollo en esta convocatoria y en sus bases reguladoras, y que se encuentra enmarcada en los citados Programas y cofinanciada por la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI) de la Unión Europea y por el Fondo Social Europeo.

La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, determina el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones que exige, entre otros requisitos, el establecimiento de una convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras, razón por la que procede aprobar la convocatoria de subvenciones para el año 2014.

Dicha Ley Foral dispone que el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones será el de concurrencia competitiva salvo que, en casos debidamente justificados, el Gobierno de Navarra autorice un régimen de evaluación individualizada.

El Gobierno de Navarra, en sesión de fecha 25 de junio de 2014, acordó autorizar el régimen de evaluación individualizada de las subvenciones destinadas a las Entidades Locales de Navarra por la contratación de jóvenes desempleados menores de 25 años, dado que el hecho causante de la subvención es el mismo en todos los casos: la contratación de estos jóvenes para mejorar su empleabilidad y facilitarles una inserción laboral.

De conformidad con lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 13 de los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo, aprobados por Decreto Foral 15/2012, de 14 de marzo,

RESUELVO:

  1. Aprobar la convocatoria de subvenciones a las Entidades Locales de Navarra por la contratación de jóvenes desempleados menores de 25 años o menores de 30 años si tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 33%.

  2. Aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la convocatoria, que se recogen en el Anexo I, adjunto a esta Resolución.

  3. Autorizar un gasto de 355.948,66 euros con cargo a la partida presupuestaria 15100 170001 4609 241100 “Plan de Empleo. Subvenciones para contrataciones para obras o servicios de interés social. FSE”, número del repositorio centralizado 4739, del presupuesto de gastos de 2012 prorrogado para 2014. N.º de elemento PEP E-14/000102-3.

  4. Publicar esta Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

  5. Contra esta Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar ante el Gobierno de Navarra el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 3 de julio de 2014.–La Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo, M.ª Isabel García Malo.

ANEXO I

Bases reguladoras

  1. –Objeto, ámbito de actuación y fuentes de financiación.

  2. Esta convocatoria tiene por objeto regular las condiciones y requisitos de la concesión de subvenciones a las Entidades Locales de Navarra por la contratación de jóvenes desempleados menores de 25 años (o menores de 30 años si tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 33%). Para ello se subvencionarán parcialmente los costes laborales derivados de la contratación de dichas personas. Las contrataciones serán de una duración mínima de seis meses y de una jornada al menos del 50%.

  3. El ámbito de actuación es la Comunidad Foral de Navarra.

  4. Esta convocatoria se enmarca dentro del Programa Operativo de Empleo Juvenil cofinanciado por la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo para el periodo 2014-2020.

  5. –Entidades beneficiarias y requisitos de las mismas.

  6. Podrán ser beneficiarias de la subvención las Entidades Locales de Navarra que contraten, a efectos de esta convocatoria, a jóvenes desempleados menores de 25 años (o menores de 30 años si tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 33%) que cumplan los requisitos establecidos en la base 5.ª

  7. Las beneficiarias de la subvención deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1. Ser una Entidad Local.

    2. Los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento puede acreditarse mediante una “Declaración responsable” realizada por la solicitante de la subvención.

  8. –Importe de la subvención y gastos subvencionables.

  9. La cuantía de la subvención a conceder irá destinada a financiar parcialmente los costes salariales totales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, de las personas desempleadas que, reuniendo los requisitos fijados en las bases reguladoras, sean contratadas por las Entidades Locales de Navarra.

  10. La cuantía a subvencionar será la siguiente:

    1. Por los contratos realizados para los grupos de cotización 1 y 2, 10.000 euros por cada contrato a jornada completa.

    2. Por los contratos realizados para los grupos de cotización del 3 al 7, 7.500 euros por cada contrato a jornada completa.

    3. Por los contratos realizados para los grupos de cotización del 8 al 11, 6.000 euros por cada contrato a jornada completa.

    Para jornadas inferiores, se reducirá proporcionalmente la subvención a conceder.

  11. Quedan excluidos expresamente como costes subvencionables la indemnización por fin de contrato, las horas extraordinarias realizadas y cobradas, los costes de vestuario o uniforme, las dietas y gastos de manutención y estancia en establecimientos de hostelería, pluses de desplazamiento o transporte, aportaciones a planes de pensiones y primas o cuotas satisfechas por seguros de vida o accidentes, el importe de los gastos o suplidos realizados por la persona trabajadora, las percepciones por matrimonio, etc.,

  12. –Número máximo de jornadas subvencionables.

    El número máximo de jornadas completas subvencionables a cada Entidad Local en cada uno de los periodos abiertos conforme a la base 6.1. es el siguiente:

    HABITANTES JORNADAS COMPLETAS
    Hasta 1.000 1
    De 1.001 a 5.000 2
    De 5.001 a 10.000 4
    De 10.001 a 40.000 6
    Más de 40.000 8
    5.–Requisitos y criterios para la selección de las personas jóvenes desempleadas
  13. Las personas que sean contratadas por las Entidades Locales deberán tener en el momento de la contratación menos de 25 años (o menos de 30 años si tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 33%), estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en alguna de las Agencias de Empleo dependientes del Servicio Navarro de Empleo y estar inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

    Hasta en tanto no esté habilitado el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que acredite el cumplimiento de los requisitos del Programa relativos a no estar cursando ninguna acción educativa (o no haberla recibido...

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