RESOLUCIÓN 1385/2017, de 4 de agosto, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la Convocatoria de 11 ayudas para Contratos Pre-doctorales adscritas a Grupos e Institutos de Investigación de la Universidad Pública de Navarra, cofinanciadas por el Banco de Santander.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

La Comisión de Investigación de la Universidad Pública de Navarra, en sesión celebrada el 21 de junio de 2017, acordó aprobar la Convocatoria de ayudas para Contratos Pre-doctorales adscritas a Grupos e Institutos de Investigación de la Universidad Pública de Navarra.

Visto el informe emitido por la Asesoría Jurídica de la Universidad.

Visto el informe emitido por el Servicio de Asuntos Económicos.

Visto la certificación de reserva de créditos emitida por la Sección de Contabilidad.

Vista la propuesta del Vicerrector de Investigación.

Sometido a fiscalización posterior por ausencia de la Interventora.

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 40 de los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra,

HE RESUELTO:

Primero.–Autorizar el gasto originado por la presente convocatoria por un importe máximo de 221.409,76 euros, condicionado a la existencia de dotación presupuestaria suficiente que a tal efecto se habilite en el Presupuestos del año 2018, en las partidas:

–2017:

32300013110.–Personal investigador en formación: 14.758,33 euros. 32300016000.–Seguridad Social: 3.692,48 euros. –2018:

32300013110.–Personal investigador en formación: 162.341,67 euros. 32300016000.–Seguridad Social: 40.617,28 euros. Segundo.–Aprobar la convocatoria de ayudas para Contratos pre-doctorales adscritos a Grupos e Institutos de investigación de la Universidad Pública de Navarra para el año 2018, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo a la presente resolución que comprende 11 contratos de nueva adjudicación, con una dotación de 14 pagas mensuales de 1.150 euros, con fecha prevista de inicio el 1 de diciembre de 2017.

Tercero.–Se podrá ampliar la dotación de las ayudas y el número de ayudas en el supuesto de que existiese un mayor presupuesto para financiar la convocatoria.

Cuarto.–Comunicar la presente resolución al Vicerrector de Investigación, a la Sección de Presupuestos y Planificación Económica, a la Sección de Contabilidad, al Servicio de Recursos Humanos, a los responsables de Grupos e Institutos de Investigación a los que se adscribirán los contratos.

Quinto.–Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra y en la página web de la Universidad Pública de Navarra. Asimismo, desde el Servicio de Investigación se procurará su máxima difusión a través de los medios electrónicos de la Universidad Pública de Navarra.

Sexto.–La presente Resolución agota la vía administrativa, y contra la misma y sus bases cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el juzgado del mismo orden de Navarra, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 4 de agosto de 2017.–El Rector, Alfonso Carlosena.

CONVOCATORIA DE 11 AYUDAS PARA CONTRATOS PRE-DOCTORALES ADSCRITAS A GRUPOS E INSTITUTOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA Y COFINANCIADAS POR EL BANCO DE SANTANDER

Anexo I Resolución 1385/2017, de 4 de agosto

1.–Objeto de la convocatoria.

La convocatoria de ayudas para contratos pre-doctorales, adscritas a grupos de investigación e institutos de investigación de la Universidad Pública de Navarra para el año 2018, se regulará por las disposiciones contenidas en ella, y su concesión estará sujeta a la existencia de disponibilidad presupuestaria.

Se convocan 11 ayudas para contratos pre-doctorales para aquellos que deseen realizar una tesis doctoral en la Universidad Pública de Navarra, adscritos a cada uno de los grupos e institutos de investigación que se detallan a continuación (una por grupo o instituto):

–Grupos de Investigación:

Comunicaciones ópticas y aplicaciones electrónicas. Estadística Espacial. Grupo de Antenas. Hugo Grocio. Organización de empresas. Propiedades físicas y aplicaciones de materiales. Tecnologías y aplicaciones medioambientales (TAMA). –Institutos de Investigación, financiadas por el Banco de Santander:

ISC. INARBE. INAMAT, para las líneas. a) Materiales magnéticos y aplicaciones (nanopartículas magnéticas para aplicaciones en biomedicina, medioambiente y en energía, aleaciones con memoria de forma, sensores y actuadores magnéticos). b) Espectroscopia de plasmas inducidas por láser (LIBS) aplicada al análisis de materiales. IS-FOOD. 2.–Tramitación y resolución de las solicitudes.

2.1. Las solicitudes para poder participar en la convocatoria se podrán presentar en el Registro General de la Universidad Pública de Navarra, Campus de Arrosadía s/n, Pamplona, en el Registro del Campus de Tudela, Avenida de Tarazona s/n, Tudela, en horario de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4, apartados b y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada al Registro de la Universidad Pública de Navarra, Campus de Arrosadía s/n, 31006 Pamplona.

El plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 20 de septiembre de 2017. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Con carácter general, los requisitos exigidos deberán ser cumplidos en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

2.2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se publicará en el plazo máximo de 1 mes, en la página web de la Universidad Pública de Navarra, la relación provisional de solicitantes admitidos a trámite y excluidos por no acreditar alguno de los requisitos establecidos para la ayuda solicitada o por no haber presentado la documentación exigida. Estos medios constituyen el único instrumento de publicidad asumido por la Universidad, sin perjuicio de la utilización, con carácter complementario y no oficial, del aviso por correo electrónico a los interesados. A dichos solicitantes se les concederá un plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación en la página web de la Universidad de la relación, para que subsanen las deficiencias observadas o completen la documentación correspondiente. De no hacerlo en el plazo fijado, su solicitud no podrá ser admitida a trámite.

2.3. Resueltas las reclamaciones presentadas y a propuesta de la Comisión de Investigación, se publicará en la página web de la Universidad la relación definitiva de solicitudes admitidas a trámite y excluidas. Esta resolución definitiva pone fin a la vía administrativa, contra la misma cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el juzgado del mismo orden de Navarra, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación en la página web de la Universidad Pública de Navarra.

2.4. En el plazo máximo de dos meses desde la publicación de la lista definitiva de solicitudes admitidas a trámite, se publicarán las puntuaciones y la propuesta de adjudicación provisionales de las ayudas en la página web de la Universidad, sin perjuicio de la utilización con carácter complementario y no oficial de un aviso mediante correo electrónico, estableciendo un plazo de reclamaciones de 5 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación en la web de la propuesta. Resueltas las reclamaciones, la Comisión de Investigación elevará al Rector de la Universidad la propuesta de adjudicación definitiva para su aprobación mediante resolución. Las puntuaciones y la propuesta de concesión definitivas se publicarán en la página web de la Universidad. En el supuesto de no producirse la resolución en el plazo de cuatro meses desde el cierre del plazo de presentación de solicitudes, las mismas se entenderán desestimadas.

2.5. Contra la resolución rectoral definitiva de concesión de ayudas, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en la web de la Universidad, o recurso contencioso administrativo ante los Juzgados del mismo orden de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación.

2.6. Página web de publicación: http://www.unavarra.es/investigacion/ayudas-y-convocatorias .

3.–Régimen jurídico de las ayudas.

3.1. Son derechos y deberes de los beneficiarios de las ayudas aquellos que se determinen en la presente convocatoria y cualesquiera otros que se establezcan en el Estatuto del Personal Investigador en Formación, aprobado por Real Decreto 63/2006, de 27 de enero.

3.2. Los contratos se regirán por lo establecido en el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

3.3. El beneficiario de la ayuda quedará asignado al...

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