RESOLUCIÓN 236E/2017, de 19 de septiembre, del Director del Servicio de Economía Circular y Agua por la que se acepta parcialmente el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de Gestión de Residuos, cuyo titular es Servicios Ecológicos Navarra, S.L., ubicada en término municipal de Cintruénigo.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

Esta instalación dispone de Autorización Ambiental Integrada concedida mediante la Resolución 1327/2010, de 3 de septiembre, del Director General de Medio Ambiente y Agua, actualizada posteriormente por la Resolución 45E/2015, de 9 de septiembre, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Con fechas 10/01/2017, 13/01/2017 y 08/03/2017 el titular ha solicitado el cambio de las condiciones incluidas en su Autorización Ambiental Integrada, en concreto, la inclusión de varios residuos en el listado de residuos gestionados del Anejo III de la Autorización Ambiental Integrada.

El Servicio de Economía Circular y Agua ha revisado la solicitud presentada, concluyendo con la siguiente valoración:

CÓDIGO LER DESCRIPCIÓN VALORACIÓN
08 02 01 Arenillas de revestimiento Se acepta su inclusión en el listado de residuos a gestionar, limitando la recogida únicamente de material no pulverulento
12 01 99 Residuos no especificados en otra categoría No procede su inclusión ya que no se ha especificado el residuo a gestionar
16 01 06 Vehículos al final de su vida útil que no contengan líquidos ni otros componentes peligrosos Se acepta su inclusión en el listado de residuos a gestionar, incluyendo como condición el destino de fragmentado de dicho residuo según Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre los vehículos al final de su vida útil
20 01 39 Plástico Se acepta su inclusión en el listado de residuos a gestionar, incluyendo como condición establecer un acuerdo/contrato/convenio con la entidad local/municipal competente en este tipo de residuos, dado su origen domiciliario
20 01 40 Metales Dicho residuo ya se encuentra incluido en su autorización de gestor dentro de la actividad de pretratamiento de chatarra (R12)
Los cambios aceptados permiten el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación, y son acordes con los valores límite de emisión y las exigencias establecidas en su Autorización Ambiental Integrada, así como con la aplicación de las mejores técnicas disponibles

Se considera que, en este caso, concurren las circunstancias previstas en la letra d) del artículo 27 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, y en consecuencia, procede llevar a cabo la modificación de oficio de las condiciones establecidas en la Autorización Ambiental Integrada, de acuerdo con el procedimiento administrativo previsto en el artículo 28 del Reglamento de desarrollo de la Ley...

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