RESOLUCIÓN 237/2017, de 6 de junio, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades locales para la ejecución de proyectos de inversión de las Agendas Locales 21 en el año 2017.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

La Agenda Local 21 es un proceso de planificación estratégica de un municipio (o agrupación de municipios) que pretende encaminar su desarrollo hacia la sostenibilidad económica, social y ambiental y cuyos objetivos se definen mediante el acuerdo entre las autoridades municipales y la población local.

El Gobierno de Navarra consideró en el año 1998 que se reunían las condiciones para fijar objetivos innovadores de desarrollo local que incluyesen criterios de sostenibilidad, fomentando así los procesos de Agenda Local 21 mediante la financiación de las fases de Auditoría de Sostenibilidad e implantación de los Planes de Acción y Seguimiento de aquellas entidades locales que hubieran aprobaron en pleno municipal la Carta y los Compromisos de Aalborg.

El Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local ha considerado necesario fomentar los procesos de Agenda Local 21 mediante subvenciones a entidades locales para proyectos ambientales. Con este fin se han dotado en los Presupuestos de Gastos de 2017 dos partidas presupuestarias, una de transferencias para gastos corrientes, dotada con 40.000 euros y otra destinada a transferencias para inversiones, con un crédito inicial de 60.000 euros.

Sin embargo, la convocatoria de estas subvenciones para 2016, aprobada mediante Resolución 802/2016, de 28 de octubre, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 218 de 11 de noviembre de 2016, no se finalizó en ese ejercicio. En concreto, debido a los plazos ajustados para la presentación de solicitudes, concesión y abono de las subvenciones, no fue posible en el ejercicio 2016 comprometer y abonar el gasto. Por lo tanto, procede en el ejercicio 2017 la concesión y abono de las citadas subvenciones.

Para ello se ha procedido a modificar el plazo otorgado en la Resolución 802/2016, de 28 de octubre para presentar los documentos acreditativos del gasto y del pago, una vez que se haya notificado a los beneficiarios la concesión de las subvenciones.

Por este motivo expuesto, la partida de transferencias para gastos corrientes de 2017, dotada con 40.000 euros se va a agotar en su totalidad con los expedientes de 2016, y la otra destinada a transferencias para inversiones en 2017, con un crédito inicial de 60.000 euros, tendrá disponible 14.443,07 euros al haber autorizado 45.556,93 euros para los expedientes de 2016. En esta última se ha incrementado el saldo disponible, mediante un ajuste presupuestario de 46.000 euros, hasta un total de 60.443,07 euros.

El Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local en su artículo 45 señala el ámbito de competencias de la Sección de Sostenibilidad, Educación Ambiental y Participación Pública. Entre ellas, se encuentran las de prestar apoyo al desarrollo de los Planes de Acción Local de Agenda Local 21 y ejercer la secretaría de la Red Navarra de Entidades Locales hacia la sostenibilidad (Red NELS).

La Dirección General de Administración Local, en virtud del Artículo 39 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral, ha encomendado a la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio la gestión de las mencionadas subvenciones por Orden Foral 265/2016, de 26 de julio.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local,

RESUELVO:

  1. Aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades locales para implantar proyectos de inversión de Agenda Local 21, en el año 2017.

  2. Aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la convocatoria, que se recogen en los Anexos de esta Resolución.

  3. Autorizar un gasto de 60.443,07 euros, con cargo a la partida “740007 74700 7609 456200 Subvención a EELL para proyectos medioambientales: Red Nels” de los Presupuestos de gastos de 2017, para atender a los compromisos de gastos procedentes de transferencias de capital derivados de esta resolución.

  4. Remitir estas convocatorias a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), para cumplir lo dispuesto la Ley de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  5. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, ante la jurisdicción contencioso administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

  6. Publicar la presente Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 6 de junio de 2017.–La Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Eva García Balaguer.

ANEXOS

ANEXO 1

Bases reguladoras

Base 1.–Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto establecer el régimen de las ayudas destinadas a fomentar la realización de proyectos o acciones recogidos en los Planes de Acción Local de Agendas Locales 21 de las entidades locales en el ejercicio 2017.

Base 2.–Proyectos de inversión subvencionables e importe de la subvención.

  1. Se considerarán subvencionables, siempre y cuando se hayan producido y pagado entre el 1 de enero de 2017 y el 15 de noviembre de 2017, inclusive, aquellos proyectos que:

    1. Sean inversiones en inmovilizado material o inmaterial, incluidos los estudios o proyectos ligados a la inversión.

    2. Estén contemplados en el Plan de Acción Local de la Agenda Local 21, siendo necesario que dicho Plan haya sido aprobado, previamente, por acuerdo del órgano competente de la entidad local.

  2. Podrán presentarse tanto gastos contratados a empresas externas como gastos de personal de la entidad local, siempre que hayan sido contratados para el proyecto y se dediquen exclusivamente a éste.

  3. Se subvencionará un único proyecto por cada Agenda Local 21. En caso de que se solicite ayuda para más de un proyecto, únicamente será tenido en cuenta el presentado en primer lugar.

  4. La cuantía de la subvención a cada proyecto o acción será del 70% del presupuesto aceptado por la Sección de Sostenibilidad, Educación Ambiental y Participación Pública, con un límite de subvención de 10.000 euros por proyecto o acción.

    Base 3.–Beneficiarios.

    Para obtener la condición de beneficiario los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    1. Ser entidad local de la...

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