RESOLUCIÓN 253/2018, de 31 de enero, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de las vacantes del puesto de trabajo de Traductor de Euskera, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

Por Decreto Foral 116/2017, de 20 de diciembre, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 244, de 22 de diciembre, se aprobó la oferta de empleo público de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos correspondiente al año 2017, en la que se incluyen, entre otras, plazas de Traductor de Euskera, de régimen funcionarial, nivel A.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 33.1 del Decreto Foral Legislativo 215/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y en el artículo 3 del Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, procede aprobar su provisión mediante concurso de traslado.

El Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra, establece que los puestos de trabajo vacantes se proveerán mediante concurso de traslados.

En base a dicha normativa, procede aprobar la provisión mediante concurso de traslado de las vacantes del puesto de trabajo de Traductor de Euskera, nivel A, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos y las bases de la convocatoria.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo asignadas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero,

RESUELVO:

  1. Aprobar la provisión, mediante concurso de traslado, de las vacantes del puesto de trabajo de Traductor de Euskera, nivel A, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

  2. Aprobar las bases de la convocatoria y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

  3. Notificar la presente Resolución y la convocatoria a la Dirección Gerencia del Euskarabidea/Instituto Navarro del Euskera, al Servicio de Control de Gasto de Personal y Nóminas y al Servicio de Gestión de Personal de la Dirección General de Función Pública, al Negociado de Información al Público y Registro y a las personas del Tribunal designadas, a los efectos oportunos.

Pamplona, 31 de enero de 2018.–La Directora General de Función Pública, Amaia Goñi Lacabe.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE CONCURSO DE TRASLADOS DEL PUESTO DE TRABAJO DE TRADUCTOR DE EUSKERA

  1. –Objeto.

    1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso de traslado, de las vacantes del puesto de trabajo de Traductor de Euskera, nivel A, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

    1.2. El presente concurso de traslados se regirá por lo dispuesto:

    –En el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

    –En el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, aprobado por Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre.

    –En la Orden Foral 130/1998 de 12 de agosto, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, sobre baremos de méritos.

    –En el Decreto Foral 103/2017, de 15 de noviembre, por el que se regula el uso del euskera en las Administraciones Públicas de Navarra, sus organismos públicos y sus entidades de derecho público dependientes.

    –Demás normas de aplicación y con arreglo a las presentes bases.

  2. –Vacantes.

    2.1. En esta convocatoria de provisión, mediante concurso de traslado, se convocan inicialmente las 4 vacantes del puesto de trabajo de Traductor de Euskera, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, indicadas en el Anexo II de la presente Resolución.

    2.2. Las plazas convocadas inicialmente podrán completarse posteriormente con las que estén vacantes el día en que el Tribunal calificador dé traslado al órgano convocante de la relación de concursantes por orden de puntuación obtenida.

    2.3. Asimismo, las plazas mencionadas podrán excluirse de la convocatoria por quedar afectas a procesos de reubicación, ser adjudicadas a quienes reingresen al servicio activo o personal fijo que deje de desempeñar una jefatura, o por cualquier otra causa prevista en el ordenamiento.

    2.4. Además, en el presente concurso serán objeto de provisión las plazas que dejen vacantes las personas concursantes que obtengan en el concurso una nueva plaza.

    2.5. No obstante lo anterior, no se ofertarán aquellas plazas que dejen vacantes las personas concursantes que hayan obtenido otra en el concurso de traslado, cuando no sea precisa su cobertura por tratarse de plazas “a extinguir” o cuando no sea precisa su cobertura por razones de tipo organizativo.

    2.6. En el caso de que haya aspirantes que obtengan plaza en el concurso y el nombramiento que ostenten tenga denominación distinta a la del puesto de trabajo convocado, dicho nombramiento adoptará la denominación de éste último desde el momento de la toma de posesión de la nueva plaza. Igualmente, en los casos en que proceda, se modificará la denominación de aquellos puestos de trabajo que como consecuencia del concurso queden vacantes y sean nuevamente ofertados a las personas concursantes.

    2.7. En el acto de elección de vacantes al que se refiere la base 8 de la convocatoria, las plazas convocadas podrán sustituirse por aquellas que proceda en virtud de los cambios que...

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