RESOLUCIÓN 48E/2018, de 24 de enero, de La Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba inicialmente la Cuenta de liquidación definitiva de la Reparcelación del AR-1 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Área Residencial de Ripagaina, redactada y presentada a trámite por la Junta de Compensación del ámbito.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

La Junta de Compensación del área de reparto 1 (AR-1) del PSIS Ripagaina, presidida por don Javier Ancízar Eceolaza, ha presentado a trámite el documento titulado Liquidación definitiva de la reparcelación del ámbito.

Se encuentra vigente la modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina, formulada al amparo de lo establecido en el apartado 1 de la Disposición Transitoria Primera de la Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, de medidas urgentes en materia de urbanismo y vivienda, promovida por la Junta de Compensación del Área de Reparto I del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal. Fue aprobada por Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 17 de mayo de 2010 (Boletín Oficial de Navarra número 68, de 4 de junio de 2010), y su normativa publicada como texto refundido en el Boletín Oficial de Navarra número 114, de 20 de septiembre 2010.

Se encuentra vigente el Proyecto de Reparcelación del Área de Reparto 1 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina, que se aprobó por Resolución 797/2007, de 22 de mayo, del Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 79, de 27 de junio de 2007.

Interesa para la tramitación del presente expediente la Modificación de carácter general del documento anterior, aprobada por Orden Foral 4/2012, de 13 de enero, del Consejero de Fomento y Vivienda, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 27, de 8 de febrero de 2012.

El documento presentado a trámite propone la finalización de un instrumento de gestión urbanística, como lo es el Proyecto de Reparcelación para la ejecución del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina. Se adecua a lo establecido en la legislación urbanística de aplicación, Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aprobado por Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio y en el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal.

Procede la tramitación del expediente según lo regulado en artículos 152 y 153 del referido Decreto Foral Legislativo.

Corresponde la tramitación y aprobación de la presente Cuenta de Liquidación Definitiva al Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por aplicación del artículo 43.1.d) del Decreto Foral Legislativo 1/2017, al tratarse de un instrumento de ejecución de un Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal.

Examinado el expediente por el Servicio de Territorio y Paisaje, de conformidad...

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