RESOLUCIÓN 616/2018, de 5 de septiembre, del Director General de Administración Local, por la que se modifica la Resolución 195/2017, de 12 de mayo, del Director General de Administración Local por la que se aprueban las relaciones de inversiones susceptibles de ser incluidas en el Plan de Inversiones Locales 2017-2019, dentro del apartado denominado Programas de Inversiones de Abastecimiento de agua en alta.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

La Ley Foral 18/2016, de 13 de diciembre, reguladora del Plan de Inversiones Locales 2017-2019, se dictó al amparo de lo dispuesto en el artículo 61 de la ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra como instrumento de cooperación económica con las entidades locales con la finalidad principal de garantizar la cobertura en todo el ámbito de la Comunidad Foral de los servicios municipales obligatorios. Dicha Ley Foral entró en vigor con fecha 1 de enero de 2017.

Esta Ley Foral recoge en el apartado A) del artículo 6, el Programa de Inversiones de abastecimiento de agua en alta, que el artículo 7 define como un instrumento de programación que contiene relaciones de actuaciones de implantación, mejora y renovación de infraestructuras, priorizadas por el orden fijado, en este caso, en el número 1 del Anexo II de la citada Ley, entre las que se encuentra “Depósito de Doneztebe”, de la Mancomunidad de Malerreka.

Mediante Resolución 195/2017, de 12 de mayo, del Director General de Administración Local, publicada el 22 de mayo de 2017 en el Boletín Oficial de Navarra número 97, se aprobaron las relaciones de inversiones susceptibles de ser incluidas en el Plan de Inversiones Locales 2017-2019 en el Plan de Inversiones Locales 2017-2019, dentro del apartado denominado Programas de Inversiones de abastecimiento de agua en alta. En el Anexo número 1, en la relación de inversiones financiables con cargo a las disposiciones presupuestarias, se prevén 300.000 euros para la inversión “Depósito de Doneztebe”, estableciéndose como titular de la misma a la Mancomunidad de Malerreka.

El artículo 10.3 de la Ley Foral 18/2016, establece que en el plazo de cuatro meses a partir de la publicación de las resoluciones de la Dirección General de Administración Local que aprueben las relaciones de inversiones susceptibles de ser incluidas en el Plan de Inversiones Locales, las entidades locales a que se refiere la letra A) del mismo, deberán presentar la documentación señalada en el número 4 del Anexo IV de dicha Ley Foral, esto es, el proyecto de ejecución aprobado por el Pleno, junta o asamblea, con el contenido mínimo a que alude el número 11 de dicho Anexo y el acuerdo de pleno, junta o asamblea que apruebe el plan financiero, conforme al modelo tipo a que alude el número 11 del Anexo IV. Para las inversiones a ejecutar en el año 2019, dicha documentación habrá de presentarse dentro del primer trimestre de 2018.

Con fecha 23 de marzo de...

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