RESOLUCIÓN 97/2018, de 4 de abril, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueban las convocatorias de ayudas para proyectos de educación y sensibilización ambiental, proyectos de voluntariado ambiental, proyectos de custodia del territorio y proyectos de ciencia ciudadana durante el año 2018.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

La educación, la sensibilización y el voluntariado ambientales son herramientas que favorecen el desarrollo de un sentido individual y colectivo de corresponsabilidad en cuanto al estado y la evolución del medio ambiente y promueven el cambio social de actitudes, valores y hábitos de comportamiento necesarios para avanzar hacia la sostenibilidad. La custodia del territorio implica a la población y asociaciones en la conservación, la protección de valores naturales, culturales, paisaje en el territorio. La ciencia ciudadana es la participación voluntaria de público general (formado o no en ciencia), en actividades científicas organizadas, desde el planteamiento de preguntas a la recogida de datos y su interpretación, el compromiso del público general en actividades de investigación científica; cuando los ciudadanos contribuyen activamente a la ciencia con su esfuerzo intelectual o dando soporte al conocimiento con sus herramientas o recursos, relacionadas con el estudio de la biodiversidad y su conservación.

El Gobierno de Navarra apuesta por reforzar el tratamiento de la educación ambiental de manera transversal en todos los niveles, así como apoyar al voluntariado ambiental y las iniciativas en el ámbito de la custodia del territorio y la ciencia ciudadana. El objetivo principal que se persigue es que los ciudadanos adquieran una mayor sensibilización y conocimiento sobre el medio ambiente, así como valores y destrezas que les capaciten, tanto de forma individual como colectiva, a participar en la resolución de problemas ambientales.

De acuerdo al artículo 4 bis de la Ley Foral 7/2009, de 5 de junio, por la que se regula la asignación tributaria del 0,7 por 100 que los contribuyentes de la comunidad foral destinan a otros fines de interés social, la convocatoria ha sido remitida para su conocimiento y aprobación a la sesión del Consejo Navarro de Medio Ambiente, celebrada el día 16/03/2018.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local,

RESUELVO:

  1. Aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones para proyectos de educación y sensibilización, proyectos de voluntariado ambiental, proyectos de custodia del territorio y proyectos de ciencia ciudadana durante el ejercicio 2018.

  2. Aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la convocatoria, que se recogen en los Anexos de esta Resolución.

  3. Autorizar un gasto de 138.753,74 euros, con cargo a la partida “740007 74700 4809 456200” Fondo 0,7% IRPF. Educación Ambiental, voluntariado, custodia del territorio y ciencia ciudadana” de los Presupuestos de gastos de 2018, para atender a los compromisos de gastos derivados de esta Resolución en lo referente a la convocatoria de subvenciones para proyectos de educación y sensibilización ambiental, proyectos de voluntariado ambiental, proyectos de custodia del territorio y proyectos de ciencia ciudadana.

    La distribución del gasto según el tipo de proyecto será:

    • 60.000 euros para proyectos de educación ambiental.

    • 22.753,74 euros para proyectos de voluntariado ambiental.

    • 28.000 euros para proyectos de custodia del territorio.

    • 28.000 euros para proyectos de ciencia ciudadana.

    En el momento de la concesión de la subvención, en el caso de que en alguno de los grupos no se agotara el importe definido, se autoriza la concesión de gasto en los otros tipos de proyectos según el siguiente orden:

    –Educación y sensibilización ambiental.

    –Voluntariado ambiental.

    –Ciencia ciudadana.

    –Custodia del territorio.

  4. Remitir estas convocatorias a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), para cumplir lo dispuesto en la Ley de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  5. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, ante la jurisdicción contencioso administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

  6. Publicar la presente Resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

    Pamplona, 4 de abril de 2018.–La Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Eva García Balaguer.

    ANEXOS

    Bases reguladoras de las convocatorias de ayudas para proyectos de educación ambiental, voluntariado ambiental, custodia del territorio y de ciencia ciudadana durante el año 2018

ANEXO 1

Bases reguladoras comunes

Base 1.–Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto establecer el régimen general para la concesión, gestión y control de las ayudas económicas para proyectos de asociaciones y organizaciones no gubernamentales navarras que desarrollen para la consecución de fines asistenciales de mejora del medio ambiente, según lo establecido en la Ley Foral 7/2009, de 5 de junio, por lo que se regula la asignación tributaria del 0,7 por 100 que los contribuyentes de la Comunidad Foral destinan a otros fines de interés social, para sufragar los gastos derivados de las actuaciones encaminadas a proyectos de alguna de las siguientes tipologías en la Comunidad Foral de Navarra:

–Educación ambiental.

–Voluntariado ambiental.

–Custodia del territorio.

–Ciencia ciudadana.

Base 2.–Proyectos subvencionables e importe de la subvención.

  1. Se consideran objeto de subvención los proyectos que contemplen acciones, coordinadas por las entidades beneficiarias, enmarcadas en alguno de los siguientes ámbitos de actuación:

  2. –Proyectos relacionados con el medio natural, mantenimiento y recuperación del paisaje, conservación de la biodiversidad de Navarra.

  3. –Red Natura 2000, Red de Espacios Naturales Protegidos, u otros espacios naturales singulares sobre los que se valore un interés especial (como la Red Explora Navarra) además de los anteriores, colaboración en mantenimiento de recursos (senderos, equipamientos...).

  4. –Acciones que tenga por objeto el impulso, sensibilización y promoción de la economía circular, consumo responsable, gestión de residuos, lucha contra el cambio climático contaminación del medio ambiente.

  5. –Uso racional del agua, uso racional de la energía, usos y aprovechamientos de los recursos naturales compatibles con la conservación del medio natural, etc.

  6. –Medio ambiente urbano: mejora de la calidad ambiental de la ciudad, acciones en espacios verdes urbanos y periurbanos, fomento de la sostenibilidad urbana (movilidad, residuos, energía, consumo, así como cualquier otro ámbito de intervención), colaboración en tareas de investigación, materiales de construcción tradicionales de pueblos y ciudades.

  7. –Proyectos que promuevan la sostenibilidad ambiental.

  8. –Colaboración en la recogida de datos ambientales de apoyo a la investigación, educación y divulgación.

  9. –Acuerdos de custodia para alcanzar alguno de los anteriores.

  10. –Colaboración en tareas de recogida de datos ambientales de apoyo o soporte a la investigación y divulgación (ciencia ciudadana).

    Las actuaciones deberán ir destinadas al público en general o a colectivos específicos. En todo caso debe garantizarse que se promocione la actividad al público en general.

    Las entidades solicitantes deberán designar una persona coordinadora técnica del proyecto como responsable del diseño, la ejecución y la evaluación del mismo.

    Las actuaciones subvencionables deberán ser realizadas entre el 1 de enero y el 20 de noviembre de 2018, inclusive, dentro del territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

  11. Serán gastos subvencionables aquellos que contribuyan al desarrollo de la actividad, y en particular, los siguientes:

    –Edición de materiales gráficos, en formato físico o electrónico.

    –Contratación, alojamiento, manutención y transporte de ponentes y conferenciantes, profesorado para cursos y otras actividades de formación y sensibilización, formadores de voluntarios, así como monitores, o personas necesarias para el desarrollo de la actividad y traslado de voluntarios.

    –Gastos de manutención de voluntarios y voluntarias en proyectos de voluntariado ambiental, que no podrá ser superior a 5 euros/voluntario y acción y como máximo suponer el 10% del total del presupuesto presentado y 200 euros.

    –Adquisición de materiales fungibles que se precisen para el desarrollo de las actividades.

    –Alquiler de instalaciones o material necesario para llevar a cabo la acción, como pueden ser salas de conferencias, proyectores, herramientas, etc.

    –Gastos derivados de la información, participación social y de la publicidad del proyecto.

    –En caso de que la entidad tenga contratado un seguro de accidentes y responsabilidad civil para actividades de voluntariado y ciencia ciudadana, serán elegibles los gastos de dicho seguro que cubra tanto al personal voluntario y monitores como a terceras personas, si las hubiere, implicadas y participantes en el proyecto.

    –Contratación de expertos y facilitadores para el proceso de custodia del territorio.

    –Otros gastos vinculados al proyecto y que sean aceptados por el Servicio de Innovación y Conocimiento en Sostenibilidad Territorial y Ambiental.

    –Gastos de funcionamiento ordinario o estructural de la entidad beneficiaria (alquiler, luz...

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