RESOLUCIÓN 625/2008, de 31 de julio, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra el texto del Convenio Colectivo de trabajo del sector 'Transporte de mercancías por carretera', de Navarra (Expediente número: 67/2008).

Extracto


RESOLUCIÓN 625/2008, de 31 de julio, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra el texto del Convenio Colectivo de trabajo del sector 'Transporte de mercancías por carretera', de Navarra (Expediente número: 67/2008).

Con fecha 24 de julio de 2008 ha tenido entrada en este Departamento el texto del Convenio Colectivo de trabajo del sector "Transporte de mercancías por carretera", que consta de 47 artículos, 12 disposiciones adicionales y 2 Anexos (conteniendo Tablas de Retribuciones), suscrito y aprobado por la Comisión Negociadora, integrada por la representación de la Asociación de Empresarios del sector (ANET), y de las centrales sindicales (UGT, CCOO, ELA y LAB), con fecha 13 de mayo de 2008.

Siendo el Departamento de Innovación, Empresa y Empleo competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de trabajo, establecidas en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 937/1986, de 11 de abril, de transferencias laborales estatales a la Comunidad Foral de Navarra; y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Proceder al registro del Convenio Colectivo de trabajo del sector "Transporte de mercancías por carretera" (Código número 3107405), de Navarra, en el libro especial habilitado al efecto que obra en el Negociado de Registro, Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo en cuya unidad administrativa queda en depósito su texto y documentación.

2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

3. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 31 de julio de 2008.-La Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, Imelda Lorea Echavarren.

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL SECTOR DE "TRANSPORTE DE MERCANCIAS POR CARRETERA DE NAVARRA"

Artículo 1. Ámbito personal.

El presente convenio obliga a la totalidad del personal ocupado por las empresas afectadas por él, y a todo aquel que ingrese durante la vigencia del mismo, tanto si realiza una función técnica como si solo presta su esfuerzo físico, con excepción de los cargos de alta dirección y alto consejo, que se regirán por la legislación vigente.

Artículo 2. Ámbito territorial.

Las disposiciones del presente Convenio obligan a todas las empresas radicadas en Navarra y a las que, residiendo e...

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