TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NAVARRA. Edictos de notificación.

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TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NAVARRA. Edictos de notificación.

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NAVARRA. Edictos de notificación.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente Edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 22 de abril de 1992, dictada en el recurso de alzada número 91-679, interpuesto por don Juan Izal Arozarena, contra acuerdos del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia

Señor Presidente: Don Juan José Azcona

En la ciudad de Pamplona a veintidós de abril de mil novecientos noventa y dos.

Por recibido el informe emitido por el excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, en relación con el recurso de alzada interpuesto por don Juan Izal Arozarena, contra acuerdos de la expresada Corporación sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido.

Procédase a poner de manifiesto el expediente y demás actuaciones al recurrente, a fin de que, si lo estima oportuno en orden a la mejor defensa de sus pretendidos derechos, proponga la realización de las diligencias de prueba que considere adecuadas para la determinación, conocimiento y comprobación de los hechos que hayan de tenerse en cuenta para dictar la resolución.

Dicha proposición deberá realizarse en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación de esta Providencia.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.4 y 17.1.a) del Decreto Foral 279/1990, de 18 de octubre.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico".

Pamplona, doce de abril de dos mil.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Juan Andrés Ciordia Segura.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente Edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 24 de diciembre de 1999, dictada en el recurso de alzada número 99-0101, interpuesto por don José Miguel Echarte Arteta, contra providencia de apremio dictada por el muy ilustre señor Alcalde Presidente del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 1 de octubre de 1998 (expediente municipal número 8909/98), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia

Señor Presidente: Don Juan Andrés Ciordia Segura

En la ciudad de Pamplona, a veinticuatro de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

No habiéndose dado cumplimiento por parte del recurrente, al contenido de la Providencia de esta Presidencia de fecha 17 de noviembre de 1999, dictada en relación con el escrito de desistimiento presentado con fecha 10 de noviembre de 1999 del recurso de alzada número 99-0101, interpuesto por don José Miguel Echarte Arteta, contra providencia de apremio dictada por el muy ilustre señor Alcalde Presidente del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 1 de octubre de 1998 (expediente municipal número 8909/98), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico.

Advertido que la firma que aparece en el escrito de referencia, no coincide con la del escrito de formalización del recurso de alzada, se requiere nuevamente al recurrente, don José Miguel Echarte Arteta, a fin de que, en plazo de cinco días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia, se ratifique en el contenido del referido escrito, significándole que de no hacerlo en el expresado plazo, se seguirá el procedimiento has...

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