ORDEN FORAL 72/2005, de 7 de abril, del Consejero de Educación, por la que se aprueba la XXV Convocatoria del Plan de Formación en Lengua Vasca del personal docente de enseñanza no universitaria de la Comunidad Foral de Navarra. Curso escolar 2005/2006.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 72/2005, de 7 de abril, del Consejero de Educación, por la que se aprueba la XXV Convocatoria del Plan de Formación en Lengua Vasca del personal docente de enseñanza no universitaria de la Comunidad Foral de Navarra. Curso escolar 2005/2006.

El Decreto Foral 162/1988, de 19 de mayo, que regula los Cursos de Reciclaje en Lengua Vasca para el personal docente de niveles no universitarios de los centros públicos y privados de la Comunidad Foral de Navarra, establece en la Disposición Adicional que el número de plazas en los cursos intensivos de reciclaje con liberación total o parcial de clases, se fijará para cada curso de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y con las necesidades de personal con capacitación docente en vascuence y, que para ser admitidos en dichos cursos, los profesores deberán obtener de la Administración educativa competente la necesaria autorización o licencia. Asimismo, en la Disposición Final primera se faculta al Consejero de Educación para aprobar las oportunas convocatorias anuales para su aplicación.

Por otra parte, la Orden Foral 279/2001, de 13 de julio, por la que se aprueba el "Pacto para la mejora de la calidad del servicio educativo en la Comunidad Foral de Navarra" establece la posibilidad de convocar cursos intensivos de corta duración para el perfeccionamiento lingüístico, actualización gramatical y mejora de la capacidad comunicativa del profesorado que imparte asignaturas en vascuence.

El Servicio de Vascuence presenta informe favorable para la aprobación de la XXV Convocatoria del Plan de Formación en Lengua Vasca del personal docente de enseñanza no universitaria, de la Comunidad Foral de Navarra para el curso escolar 2005/2006.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 41.1 g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

  1. Autorizar la XXV Convocatoria del Plan de Formación en Lengua Vasca del personal docente de enseñanza no universitaria, de la Comunidad Foral de Navarra para el curso escolar 2005/2006, y sus bases que figuran en el Anexo 1.º de la presente Orden Foral.

  2. Ordenar la publicación de la presente Orden Foral con sus Anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  3. Trasladar la presente Orden Foral con sus Anexos al Servicio de Recursos Humanos, al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, al Servicio de Vascuence, a la Sección de Didáctica del Vascuence, a la Sección de Formación del Profesorado, al Negociado de Glotodidáctica, a la Unidad de Administración, al Negociado de Enseñanza del Vascuence a Adultos y Certificaciones, al Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence y al Centro Público de enseñanza de vascuence a personas adultas "Zubiarte Euskaltegia".

  4. Contra la presente Convocatoria y sus Bases podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 7 de abril de 2005._El Consejero de Educación, Luis Campoy Zueco.

ANEXO 1º

Bases que regulan la XXV convocatoria del Plan de Formación en Lengua Vasca para personal docente de enseñanza no universitaria de la Comunidad Foral de Navarra

Base primera._Actividades de formación previstas.

Esta convocatoria incluye las siguientes propuestas formativas:

Cursos de aprendizaje de lengua vasca:

_Cursos intensivos de reciclaje de vascuence con licencia laboral, que se regirán por lo establecido en la Base segunda de este anexo.

_Cursos extensivos de aprendizaje de vascuence, que se regirán por lo establecido en la Base tercera de este anexo.

_Ayudas individuales para el aprendizaje de vascuence, que se regirán por lo establecido en la Base cuarta de este anexo.

Cursos de perfeccionamiento lingüístico en vascuence:

_Curso intensivo de perfeccionamiento lingüístico con licencia laboral parcial ("freskatze ikastaroa"), que se regirá por lo establecido en la Base quinta de este anexo.

_Cursos extensivos de perfeccionamiento lingüístico, que se regirán por lo establecido en la Base sexta de este anexo.

I._Cursos de aprendizaje de Lengua Vasca.

Base segunda._Cursos intensivos de reciclaje de vascuence con licencia laboral.

  1. _Participantes.

    Podrán participar los profesores de Educación Infantil, Primaria y Secundaria en activo con destino definitivo en centros públicos de Navarra. También podrán participar los contratados laborales fijos de centros privados concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Foral, así como el profesorado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria con destino provisional en centros públicos de Navarra.

    No podrán tomar parte quienes se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:

    1. Haber participado anteriormente en la misma modalidad que se solicita.

    2. Haber sido admitido con anterioridad y haber renunciado a su participación sin haberlo justificado debidamente.

    3. Poseer cualquier título o certificado equivalente al Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra o haber aprobado los exámenes para la obtención de dicho Título antes del comienzo de los cursos de reciclaje.

    4. No poder cumplir, una vez finalizado el reciclaje, el compromiso de ejercer la docencia en vascuence durante un mínimo de cinco años, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.1. de la Base segunda de este anexo.

  2. _Modalidades.

    _Modalidad B.

    Objetivo: Lograr la capacidad para enseñar en vascuence y obtener el título EGA.

    Programa: Se ajustará a los objetivos establecidos para el segundo y tercer nivel del currículo de enseñanza de vascuence a personas adultas establecidos en el artículo 6 de la Orden Foral 365/2002, de 5 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Centro Público de enseñanza de vascuence a personas adultas "Zubiarte Euskaltegia".

    Duración: Un año o un cuatrimestre, en función del nivel acreditado en la prueba de acceso.

    Requisitos: Haber superado el 6.º urrats, los objetivos correspondientes al primer nivel del currículo de enseñanza de vascuence a personas adultas establecidos en el artículo 6 de la Orden Foral 365/2002, de 5 de julio, o el ciclo elemental de la Escuela Oficial de Idiomas.

    _Modalidad C.

    Objetivo: Lograr la capacidad para enseñar en vascuence y obtener el título EGA.

    Programa: Se ajustará a los objetivos establecidos para el tercer nivel del currículo de enseñanza de vascuence a personas adultas establecidos la Orden Foral 365/2002.

    Duración: Un cuatrimestre.

    Requisitos: Los candidatos deberán acreditar en la prueba de ingreso que tienen superados los objetivos establecidos en la Orden Foral citada para el segundo nivel del currículo de enseñanza de euskera a personas adultas.

    _Otros niveles:

    A lo largo del curso académico 2005/2006, el Departamento de Educación podrá conceder licencia laboral para realizar el reciclaje de vascuence a aquellos profesores que no hayan podido acreditar el nivel de conocimiento de vascuence requerido para acceder a los cursos convocados en las anteriores modalidades y que tengan el perfil al que se refiere el párrafo quinto del punto 7 B, apartado VI del anexo a la Orden Foral 279/2001, de 13 de julio, por la que se aprueba el "Pacto para la mejora de la calidad del servicio educativo en la Comunidad Foral de Navarra".

  3. _Calendario y horario.

    3.1. Para todas las modalidades:

    Desde el día 12 de septiembre de 2005 hasta el inicio de las clases regulares del C.P. Zubiarte Euskaltegia, se impartirán cinco horas de clase diarias.

    Desde el inicio de las clases regulares del C.P. Zubiarte Euskaltegia hasta el 31 de mayo, se impartirán treinta horas semanales de clase.

    Durante el mes de junio, hasta el día 21, se impartirán cinco horas de clase diarias.

    Los profesores participantes se regirán, con las citadas salvedades, por el calendario escolar que se apruebe para el C.P. Zubiarte Euskaltegia.

    3.2. Para la modalidad B:

    3.2.1. Calendario:

    El curso comenzará con un cursillo intensivo en régimen de internado, que se desarrollará del 1 al 26 de agosto en una localidad vascófona.

    Una vez finalizado el periodo de reciclaje, el Servicio de Vascuence podrá requerir la realización de un segundo cursillo en régimen de internado a aquellos participantes que no logren el título EGA en la convocatoria de junio. El resto de los participantes podrán realizar dicho cursillo, con carácter voluntario, siempre que existan plazas disponibles.

    Para facilitar que las personas admitidas a los cursos intensivos de reciclaje puedan colaborar en su centro de origen en las labores de organización del nuevo curso escolar y coordinarse con quien vaya a sustituirles, las clases se reanudarán el 12 de septiembre de 2005.

    Las clases finalizarán el 21 de junio de 2006. Una vez terminadas éstas, los participantes deberán incorporarse a sus respectivos centros, aunque deberán presentarse a las pruebas de EGA que se realicen con posterioridad a dicha fecha.

    3.2.2. Horario:

    La duración del curso será aproximadamente de 1.190 horas, incluidas las correspondientes a las actividades complementarias de verano y aquellas otras programadas por el CP Zubiarte Euskaltegia en el mes de febrero.

    3.3. Para la modalidad C:

    Horario y Calendario:

    El curso tendrá una duración aproximada de 475 horas lectivas.

    El Servicio de Vascuence podrá requerir a aquellos participantes que no logren el título EGA en la convocatoria de junio, la realización de un cursillo intensivo de un mes de duración durante el verano del año 2006 en una localidad vascófona.

    El periodo de liberación durará desde el 1 de septiembre de 2005 hasta el 31 de enero de 2006. Terminado éste, los participantes deberán incorporarse a sus respectivos centros aunque deberán presentarse a las pruebas de EGA del Gobierno de Navarra que se realicen con posterioridad a dicha fecha. Los primeros días de septiembre y los...

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