ORDEN FORAL de 8 de febrero de 1999, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se crean seis becas para graduados.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
ORDEN FORAL de 8 de febrero de 1999, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se crean seis becas para graduados.
Vista la propuesta del Servicio de Producción Agropecuaria de que se creen seis becas para graduados, una de ellas a disfrutar en la Sección de Agricultura, dos en el Laboratorio de Biología Vegetal y las otras tres en el Laboratorio Pecuario.
Considerando la utilidad que los estudios y trabajos que se encomienden a los becarios pueda tener para este Departamento, y para la agricultura de Navarra en general, así como para los propios becarios que de este modo tendrán oportunidad de adquirir una valiosa experiencia profesional,
A propuesta del Servicio de Producción Agropecuaria,
ORDENO:
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Crear seis becas para graduados a disfrutar en la Sección de Agricultura, en el Laboratorio de Biología Vegetal y en el Laboratorio Pecuario, con la distribución y contenidos siguientes:
-1 beca en la Sección de Agricultura, para Ingeniero Agrónomo o Ingeniero Técnico Agrícola, para trabajos relacionados con la calidad y la sanidad de las semillas y plantas de vivero.
-2 becas en el Laboratorio de Biología Vegetal, para Ingeniero Agrónomo o Ingeniero Técnico Agrícola, para trabajos relacionados con la sanidad vegetal y las semillas y plantas de vivero.
-3 becas en el Laboratorio Pecuario para Diplomado en FP II, Rama Sanitaria, especialidad Técnico Especialista de Laboratorio, para trabajos relacionados con la sanidad animal.
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La Sección y los Negociados citados pondrán a disposición de los beneficiarios la documentación y demás medios materiales que se consideren de utilidad para el buen desarrollo de los trabajos.
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Los estudios y trabajos serán dirigidos y supervisados por un tutor a designar por la Unidad de que se trate. El tutor encomendará las tareas concretas, fijará los horarios y vigilará el cumplimiento de las obligaciones de los becarios.
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Los aspirantes deben estar en posesión de sus respectivos títulos con antigüedad no superior a tres años, residir en Navarra en el momento de la convocatoria y ser menores de 28 años de edad.
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Las becas convocadas podrán solicitarse dentro de los quince días naturales siguientes al de la publicación de esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
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Los solicitantes presentarán en el Registro del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, situado en la calle Tudela, número 20, de Pamplona, los documentos que a continuación se indican:
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Instancia de...
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