ORDEN FORAL 4020/1998, de 20 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se resuelven las informaciones públicas de los proyectos: 'Proyecto de construcción de la Autovía N-I, pk 395 a pk 397' y 'Proyecto de construcción de la Autovía N-I, Altsasu/Alsasua-Límite de provincia de Guipúzcoa, pk 397 a pk 402', y se aprueban definitivamente.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Servicio de Caminos informa que por Orden Foral 2656/1998, de 21 de julio, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones se aprobó técnicamente y se ordenó el inicio de la información pública con la relación de bienes y derechos afectados del "Proyecto de construcción de la Autovía N-I, pk 395 a pk 397".

Dicha información se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 96, de fecha 12 de agosto de 1998.

Por Orden Foral 2657/1998, de 21 de julio, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones se aprobó técnicamente el "Proyecto de construcción de la Autovía N-I, Altsasu/Alsasua-Límite de provincia de Guipúzcoa, pk 397 a pk 402" y se ordenó el inicio de la información pública con la relación de bienes y derechos afectados.

Dicha información se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 99, de fecha 19 de agosto de 1998.

El Servicio de Caminos considera que dada la proximidad geográfica de los dos proyectos, que de hecho se pueden considerar como un único proyecto, y la coincidencia en el tiempo de sus informaciones públicas, las alegaciones recibidas, en unos casos se refieren a los dos en su conjunto o son difícilmente asignables a uno de ellos, es oportuno responder conjuntamente a todas las alegaciones, tanto en una como en otra información pública.

Las alegaciones recibidas son las siguientes:

Alegación número 1.-Doña Mercedes Miguel Zufiaurre.

Alega: Que el ramal de incorporación desde Altsasu/Alsasua a la N-I en dirección Etxegarate, se aproxima a su vivienda y que, además de añadir un riesgo al tráfico peatonal, reduce la zona de aparcamiento que actualmente tiene.

Contestación: El ramal contemplado en proyecto, es un ramal que existe actualmente y sirve de conexión entre el núcleo urbano de Altsasu/Alsasua y la N-I.

Por lo tanto, con el proyecto actual no se genera ninguna situación diferente a la existente, salvo que, con objeto de no incrementar la diferencia actual de cotas entre el vial y la zona de aparcamiento de los edificios, se procederá a un fresado previo para intentar mantener la accesibilidad a la zona.

Alegación número 2.-Doña Gixane Andueza Goikoetxea.

Alega: Que se tenga en consideración un acceso peatonal desde el Barrio de Zuntaipe al resto de Altsasu/Alsasua.

Contestación: Si bien, dicho paso peatonal, no está recogido en el proyecto, actualmente en fase de información pública, esa actuación, forma parte de otro proyecto del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, actualmente en redacción, y que será acometido y finalizado, con anterioridad a la obra principal. Por otro lado, el paso superior del enlace mas próximo a Alsasua, está previsto que lleve aceras, por lo que se convertiría en un segundo paso peatonal entre ambas zonas.

Alegación número 3.-Don Félix Aguirrebengoa Echeverría.

Alega: Que la proximidad del nuevo trazado, sometido a información pública, anularía la viabilidad de explotación de su granja ganadera destinada a la cría de conejos y solicita se desplace el trazado propuesto, un mínimo de 100 metros, con objeto de evitar dicha afección.

Contestación: La declaración de utilidad pública de un proyecto, como es el caso del proyecto sometido a información pública, implica, entre otras, la supeditación de los intereses particulares a los intereses generales.

La definición y concreción de las características geométricas y de trazado, (que garantizan la mayor seguridad y mejor funcionalidad de una infraestructura), son los parámetros que condicionan y obligan, en primer lugar a adoptar uno u otro trazado, independientemente de las afecciones, que a terceros, puedan representar.

Esto no exime a la Administración de llevar a cabo una justa valoración de los bienes afectados, (bien directamente, por ocupación de bienes, o bien por pérdida de valor patrimonial, lucro cesante, pérdida o invalidación de actividad).

El trazado sometido a información pública, integrante del Estudio de Alternativas, cuenta con la aprobación del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua, así como con el informe favorable de Medio-Ambiente y la modificación de trazado, solicitada en la alegación, representaría, por un lado, un empeoramiento de las características geométricas y por otro lado, el cambio de trazado afectaría a bienes de terceros que también podrían alegar.

Por lo tanto se considera que no procede modificar el trazado sometido a información pública, debiéndose de gestionar, en su caso, la indemnización correspondiente a bienes expropiados y/o a la pérdida de valor de los bienes afectados.

Alegación número 4.-Don Elías Gambra Garabieta.

Alega: Que en la definición de características, usos, infraestructuras internas, cierres, valoración, etc., de los bienes de su propiedad, afectados por el proyecto sometido a información pública, existen carencias e imprecisiones, desfavorables para sus intereses, además de representar la destrucción de un entorno vital, creado por el alegante.

Contestación: La declaración de utilidad pública de un proyecto, como es el caso del proyecto sometido a información pública, implica, entre otras, la supeditación de los intereses particulares a los intereses generales.

La definición y concreción de las características geométricas y de trazado, (que garantizan la mayor seguridad y mejor funcionalidad de una infraestructura), son los parámetros que condicionan y obligan, en primer lugar a adoptar uno u otro trazado, independientemente de las afecciones, que a terceros, puedan representar.

Esto no exime a la Administración de llevar a cabo una justa valoración de los bienes afectados, (bien directamente, por ocupación de bienes, o bien por pérdida de valor patrimonial, lucro cesante, pérdida o invalidación de actividad).

El trazado sometido a información pública, integrante del Estudio de Alternativas, cuenta con la aprobación del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua, así como con el...

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