DECRETO FORAL 103/2002, de 20 de mayo, por el que se modifica parcialmente la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

Los Departamentos de Presidencia, Justicia e Interior y de Educación y Cultura, así como el Instituto Navarro de Salud Laboral, organismo autónomo adscrito al Departamento de Salud, solicitan la redenominación del puesto de trabajo de diversas plazas adscritas tanto a los Servicios de Prevención del Departamento de Educación y Cultura y del resto de la Administración de la Comunidad Foral como al referido Instituto, con el fin de acomodarse a la legislación vigente, contenida en el artículo 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (publicado en el "Boletín Oficial del Estado", numero 27, de 31 de enero), y demás disposiciones que lo desarrollan (incluidos los criterios básicos sobre la organización de recursos para la actividad sanitaria de los servicios de prevención ajenos y propios, aprobados por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en sesión celebrada con fecha 15 de diciembre de 1997).

Dicho cambio de denominación conlleva, por otra parte, la asignación a algunos de dichos puestos de trabajo (los de Médico Especialista en Medicina del Trabajo) de determinados complementos, como consecuencia de los acuerdos alcanzados entre la Administración y los representantes sindicales, para la homologación retributiva practicada entre los complementos de los puestos de trabajo del Servicio Navarro de Salud- Osasunbidea y los de igual denominación y funciones del resto de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos, excluidas las jefaturas y direcciones de unidades orgánicas.

Por otro lado, diversos Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral informan de la necesidad de modificar sus respectivas plantillas orgánicas a fin de ajustarlas a las necesidades reales de los mismos. Existe informe favorable del Servicio de Intervención del Departamento de Economía y Hacienda.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, y de conformidad con el acuerdo adoptado en sesión celebrada el día veinte de mayo de dos mil dos,

DECRETO:

Artículo 1 º La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Uno.-Se modifica la denominación del puesto de trabajo de las plazas vacantes que se enumeran a continuación, sin que ello suponga un cambio de su nivel de encuadramiento:

Departamento de Presidencia, Justicia e Interior:

-Dos vacantes de Médico, de régimen funcionarial, nivel A, adscritas a la Sección de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio de Relaciones Laborales de la Dirección General de Función Pública, e identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 823 y 3.822 que, en adelante, figurarán con la denominación de Médico Especialista en Medicina del Trabajo.

-Una vacante de Técnico de Grado Medio en Prevención de Riesgos Laborales, de régimen funcionarial, nivel B, adscrita a la Sección de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio de Relaciones Laborales de la Dirección General de Función Pública, e identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 5.814, que, en adelante, figurará con la denominación de Titulado Universitario de Grado Medio (Disciplinas Preventivas: Seguridad en el Trabajo e Higiene Industrial).

Departamento de Educación y Cultura:

-Dos vacantes de Titulado Superior...

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