DECRETO FORAL 61/2014, de 30 de julio, por el que se regula la Comisión Interdepartamental del Voluntariado de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Mediante la Ley Foral 2/1998, de 27 de marzo, se establece la regulación del voluntariado en la Comunidad Foral de Navarra, en ejercicio de las competencias exclusivas de Navarra en materia de asistencia social, de adecuada utilización del ocio, de desarrollo comunitario y política de la tercera edad, recogidas en los números 17, 14 y 18 del artículo 44 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.

La transversalidad de la política de fomento del voluntariado exige una actuación coordinada en el ámbito de Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

En relación con ello, el artículo 16 de la Ley Foral 2/1998, de 27 de marzo, del Voluntariado de Navarra, crea la Comisión Interdepartamental del Voluntariado, que estará compuesta por los Directores Generales de los Departamentos relacionados con programas de voluntariado.

Por el Decreto Foral 600/2003, de 22 de septiembre, se adscriben determinadas funciones contempladas en la Ley Foral 2/1998, de 27 de marzo, del Voluntariado de Navarra, al Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud.

En consecuencia, a propuesta del Consejero de Políticas Sociales, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día treinta de julio de dos mil catorce,

DECRETO:

Artículo 1 Objeto.

La presente norma tiene por objeto la regulación de la Comisión Interdepartamental del Voluntariado de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 2 Naturaleza Jurídica.

La Comisión Interdepartamental del Voluntariado es el órgano de coordinación técnica interdepartamental de la Administración de la Comunidad Foral en materia de voluntariado.

Artículo 3 Adscripción.

La Comisión Interdepartamental del Voluntariado de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra estará adscrita al Departamento de Políticas Sociales a través de la Dirección General de Política Social y Consumo.

Artículo 4 Régimen Jurídico.

La Comisión Interdepartamental del Voluntariado se regirá por lo dispuesto para los órganos colegiados en las disposiciones contenidas en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el Capítulo III del Título III de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en el presente Decreto Foral y, en su caso, por su Reglamento interno de funcionamiento.

Artículo 5 Funciones.

Son funciones de la Comisión Interdepartamental del Voluntariado de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra:

  1. El establecimiento de una política global de fomento del voluntariado.

  2. La coordinación e impulso de la planificación de los diferentes Departamentos, con el objetivo de canalizar las actuaciones hacia los sectores más necesitados y estimular la creación de nuevas entidades.

  3. El conocimiento de las actuaciones de evaluación y control que llevan a cabo los diferentes Departamentos.

  4. La...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR