ORDEN FORAL 10/2006, de 31 de enero, de la Consejera de Salud, por la que se modifica el Calendario Oficial de Vacunaciones de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 10/2006, de 31 de enero, de la Consejera de Salud, por la que se modifica el Calendario Oficial de Vacunaciones de Navarra.

La Orden Foral 9/1996, de 25 de enero, del Consejero de Salud, creó la Comisión Asesora Técnica de Vacunaciones de Navarra para que, entre otras funciones, contribuyera al diseño, implantación y evaluación de los programas de vacunaciones, analizando la situación epidemiológica de las enfermedades prevenibles por inmunización, estudiando las recomendaciones que realizan los organismos sanitarios nacionales e internacionales para el control de las enfermedades transmisibles y adecuar el calendario vacunal de la Comunidad Foral, a estos criterios.

Por Orden Foral 134/2003, de 5 de noviembre, de la Consejera de Salud, se aprobó el hasta ahora vigente Calendario Oficial de Vacunaciones de Navarra.

Para mejorar la protección de la población de Navarra frente a Meningococo C, la Comisión Asesora Técnica de Vacunaciones de Navarra, ha propuesto al Departamento de Salud, poner una dosis de refuerzo de vacuna conjugada antimeningocócica C a los quince meses de edad.

La Comisión Asesora Técnica de Vacunaciones de Navarra también ha aconsejado adelantar la dosis de varicela para niños susceptibles a la enfermedad de los catorce a los diez años de edad.

Por otra parte, como los niños que alcanzan la etapa preadolescente en Navarra, ya fueron vacunados frente a la Hepatitis B de recién nacidos no se considera necesario mantener en el calendario de vacunaciones, dicha inmunización a los trece años.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33.1 de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud, corresponden al Departamento de Salud, entre otras, las funciones de planificación y ordenación en el área de Salud Pública, en cuyo ámbito se incluyen las actividades de protección de la Salud como son las vacunaciones sistemáticas establecidas en el calendario oficial de vacunaciones.

En su virtud, y a propuesta del Director General del Departamento de Salud,

ORDENO:

  1. Se aprueba la modificación del calendario oficial de vacunaciones que queda tal y como se refleja en el anexo y que incluirá una dosis de refuerzo antimeningocócica C a los quince meses de edad para todos los niños nacidos a partir del 1 de enero de 2005.

  2. En el segundo trimestre de 2006 se realizará una campaña de vacunación escolar frente a varicela para todos los...

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