ORDEN FORAL 509 de 15 de mayo de 2000, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Pamplona, en Unidad U.I.XV/U.O.2, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 509 de 15 de mayo de 2000, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Pamplona, en Unidad U.I.XV/U.O.2, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

El Ayuntamiento de Pamplona ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva, con la determinación señalada en la parte dispositiva de esta Orden Foral.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente de modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Pamplona, en Unidad U.I.XV/U.O.2, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad, con la siguiente determinación:

    -El Plan Especial de ordenación urbana de la unidad U.I.XV/U.O.2 deberá contar con la autorización de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana.

  2. Señalar que contra esta Orden Foral se podrá interponer recursos de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra el expediente se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contado a partir del día...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR