DECRETO FORAL 39/2007, de 7 de mayo, por el que se modifica el Decreto Foral 344/1997, de 24 de noviembre, por el que se crea el Consejo Navarro de las Personas Mayores.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 39/2007, de 7 de mayo, por el que se modifica el Decreto Foral 344/1997, de 24 de noviembre, por el que se crea el Consejo Navarro de las Personas Mayores.

Mediante Decreto Foral 344/1997, de 24 de noviembre, se creó el Consejo Navarro de Personas Mayores, órgano colegiado consultivo del ámbito de las personas mayores adscrito al Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud, como cauce de participación de las personas de la tercera edad para beneficio de este sector social de la sociedad en general.

Con el paso del tiempo se ha puesto de manifiesto el deseo de las personas mayores de contar con una mayor participación en este Consejo, con el fin de que este órgano consiga una mayor heterogeneidad de los representantes de entidades y asociaciones de este ámbito. Asimismo, se ha considerado oportuno establecer y/o modificar determinados aspectos de la organización del mismo, que redunden en un mejor funcionamiento del órgano colegiado. Por último, también se ha entendido necesario redefinir las funciones del Consejo, para que sean más acordes con la realidad actual de los órganos colegiados adscritos al Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día siete de mayo de 2007,

DECRETO:

Artículo 1 Se modifican los artículos 1.2., 3, 4, 5, 6.2. y 7 del Decreto Foral 344/1997, de 24 de noviembre, por el que se crea el Consejo Navarro de las Personas Mayores, que quedan redactados de la siguiente manera:

Uno._Artículo 1.2.:

"2. El Consejo Navarro de las Personas Mayores es un órgano colegiado de carácter consultivo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra adscrito al Departamento competente en materia de servicios sociales".

Dos._Artículo 3:

"Serán funciones del Consejo Navarro de las Personas Mayores las siguientes:

  1. Informar con carácter preceptivo los proyectos de normativa foral relacionados con este área de actuación social.

  2. Recibir información sobre las convocatorias anuales de subvenciones y ayudas dirigidas a asociaciones, entidades, centros, servicios o personas de la tercera edad.

  3. Informar con carácter preceptivo los planes sectoriales de este área de actuación social y realizar el seguimiento y evaluación de la aplicación y del nivel de ejecución de los mismos.

  4. Realizar el seguimiento y evaluación de la aplicación y del nivel de ejecución de la cartera de servicios sociales de ámbito general, en el área de tercera edad.

  5. Promover medidas, campañas, estudios o investigaciones que fomenten las relaciones intergeneracionales, el asociacionismo, la participación, la solidaridad y en general, la calidad de vida de las personas mayores.

  6. Elaborar propuestas de actuación relativas a la tercera edad y remitirlas, en su caso, a las Administraciones Públicas de Navarra y a los organismos, instituciones y entidades de carácter público y privado relacionados con este área de actuación social.

  7. Cuantas otras funciones le atribuyan las leyes o le encomiende el Gobierno de Navarra en esta materia".

    Tres._Artículo 4:

    "1. El Consejo Navarro de las Personas Mayores estará compuesto por:

  8. Un Presidente.

  9. Dos Vicepresidentes.

  10. Hasta un máximo de...

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