ORDEN FORAL 67/2005, de 20 de junio, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por el que se adapta el baremo establecido en el Anexo III del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita aplicable en la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 67/2005, de 20 de junio, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por el que se adapta el baremo establecido en el Anexo III del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita aplicable en la Comunidad Foral de Navarra.

El Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita aplicable en la Comunidad Foral de Navarra, contiene en su Anexo III los módulos y bases de compensación económica para Abogados y Procuradores.

El Secretario de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de Navarra, presenta un informe en el que advierte la necesidad de adaptar los módulos contemplados en el referido Anexo y referidos a los Procuradores, pues existen actuaciones que, estando contempladas para Abogados, como son las transacciones extrajudiciales o los informes de insostenibilidad, no lo están para procuradores, lo que determina la imposibilidad de su cobro por estos últimos en aquellos expedientes en los que haya existido intervención de Procurador.

La Disposición Adicional Segunda del Decreto Foral 707/2003, de 22 de diciembre, faculta al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior para adaptar el actual baremo establecido en el Anexo III del citado Decreto Foral a los procedimientos que se determinen en la legislación procesal y que no estuvieran contemplados en el referido Anexo.

Por todo ello, procede adaptar el Anexo III del citado Reglamento, incorporando los siguientes módulos y bases de compensación económica para Procuradores:

_Transacciones extrajudiciales: 75% de la cuantía del procedimiento.

_Insostenibilidad de la pretensión cuando haya existido intervención de Procurador...

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