DECRETO FORAL 64/2014, de 27 de agosto, por el que se modifica la disposición adicional única del Decreto Foral 23/2014, de 19 de febrero, por el que se regulan los encargos a entes instrumentales de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos, regula los encargos a entes instrumentales, señalando que la misma no será de aplicación a los encargos de prestaciones propias de los contratos de obras, suministro o asistencia que las entidades sometidas a ella realicen a sus entes instrumentales, siempre que dicho encargo se realice de conformidad con lo previsto en su artículo 8.

Tras la aprobación de la Ley Foral 3/2013, de 25 de febrero, por la que se modifica la citada Ley Foral 6/2006, se aprobó el Decreto Foral 23/2014, de 19 de febrero, que regula los encargos a entes instrumentales de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. En particular, este Decreto Foral establece el régimen jurídico, económico y administrativo de los entes instrumentales de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en el ámbito de la acción administrativa, en su condición de medio propio instrumental y servicio técnico de la misma.

Conforme a esta norma, los entes instrumentales de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra requieren del reconocimiento previo de su condición de medio propio e instrumental por Acuerdo del Gobierno de Navarra, quedando sometida la ejecución de obras, suministros y asistencias que les encarguen la Dirección General, Organismo Autónomo o Departamento de los que dependan a un régimen peculiar de encargos de obligado cumplimiento. En este momento resulta pertinente modificar la disposición adicional única sustituyendo el plazo de 6 meses para la renovación de este reconocimiento, de manera que se posibilite la culminación del II Plan de Reordenación del Sector Público.

La disposición adicional primera de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos señala que el Gobierno de Navarra dictará las disposiciones reglamentarias precisas para el desarrollo y ejecución de esta Ley Foral, a cuyo amparo se ha procedido a la elaboración del presente Decreto Foral.

La Junta de Contratación Pública, en sesión celebrada el día 15 de mayo de 2014, ha informado favorablemente el presente Decreto Foral.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y...

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