ORDEN FORAL 318/2006, de 31 de agosto, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se crean y adscriben los Parques de Bomberos y se determinan las Zonas de la Dirección de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento, en la Agencia Navarra de Emergencias.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 318/2006, de 31 de agosto, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se crean y adscriben los Parques de Bomberos y se determinan las Zonas de la Dirección de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento, en la Agencia Navarra de Emergencias.

Mediante Decreto Foral 38/2006, de 19 de junio, se creó la Agencia Navarra de Emergencias a la que han quedado adscritos los recursos pertenecientes al anterior Servicio de Extinción de Incendios y de Salvamento de la Dirección General de Interior del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, quedando integrados, asimismo, los recursos adscritos al Consorcio para el Servicio de Extinción de Incendios y de Salvamento de Navarra en el mismo momento de ser efectiva su disolución, según se determina en el acuerdo suscrito entre el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona, para la disolución del referido Consorcio y la integración de sus respectivos servicios, firmado el pasado 21 de julio, y con efectividad a partir del 1 de septiembre de 2006.

Los Estatutos de la Agencia Navarra de Emergencias disponen la estructura organizativa siguiente: Direcciones, Areas (asimiladas a Secciones) y Unidades (asimiladas a Negociados). Asimismo, en su artículo 31, estructura territorialmente en Zonas y Parques la Dirección de Prevención Extinción de Incendios y Salvamento. Establece la Zona como una división geográfica que agrupa a uno o varios Parques y resuelve que la determinación de las Zonas y la creación y extinción de los Parques se realice mediante Orden Foral del Consejero de Presidencia, Justicia.

En consecuencia, resulta necesario completar la estructura de la Agencia Navarra de Emergencias a nivel de Zonas y Parques, para garantizar el correcto funcionamiento de la Dirección de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento, dividiendo la Comunidad Foral de Navarra en 6 grandes zonas geográficas, agrupadas por criterios de proximidad, conjunción de idénticos riesgos y similares intervenciones, facilidad de accesos y tiempo de respuesta, así como posibilidad de respuesta individual y simultánea del operativo desde los Parques implicados y la propia distribución de labores administrativas y de gestión del personal y su apoyo logístico, creando y adscribiendo los Parques de Bomberos correspondientes.

Visto el expediente integrado por la propuesta del Director-Gerente de la Agencia Navarra de Emergencia y el informe favorable de la Dirección General de Interior; en ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas por el artículo 31 de los Estatutos de la Agencia Navarra de Emergencia, aprobados por Decreto Foral 38/2006, de 19 de junio,

ORDENO:

  1. Crear los siguientes Parques de Bomberos:

    1. Parque de Altsasu / Alsasua:

      a.1) Tipología: Parque Auxiliar.

      a.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 14 bomberos y 7 cabos de bombero.

      a.3) Número de Intervenciones: 500.

      a.4) Población que atiende: Ver anexo I.

      a.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

      a.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

    2. Parque de Auritz / Burguete:

      b.1) Tipología: Parque Auxiliar.

      b.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 14 bomberos y 7 cabos de bombero.

      b.3) Número de Intervenciones: 250.

      b.4) Población que atiende: Ver anexo I.

      b.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

      b.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

    3. Parque de Estella:

      c.1) Tipología: Parque Apoyo y Estacional de verano.

      c.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 21 bomberos y 7 cabos de bombero.

      c.3) Número de Intervenciones: 800.

      c.4) Población que atiende: Ver anexo I.

      c.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

      c.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

    4. Parque de Lodosa:

      d.1) Tipología: Parque Auxiliar.

      d.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 14 bomberos y 7 cabos de bombero.

      d.3) Número de Intervenciones: 500.

      d.4) Población que atiende: Ver anexo I.

      d.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

      d.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

    5. Parque de Navascués:

      e.1) Tipología: Parque Auxiliar.

      e.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 14 bomberos y 7 cabos de bombero.

      e.3) Número de Intervenciones: 200.

      e.4) Población que atiende: Ver anexo I.

      e.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

      e.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

    6. Parque de Oronoz-Mugairi:

      f.1) Tipología: Parque Apoyo y Estacional de invierno.

      f.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 21 bomberos y 7 cabos de bombero.

      f.3) Número de Intervenciones: 550.

      f.4) Población que atiende: Ver anexo I.

      f.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

      f.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

    7. Parque de Pamplona:

      g.1) Tipología: Parque Central y Estacional.

      g.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 98 bomberos y 21 cabos de bombero.

      g.3) Número de Intervenciones: 5.300.

      g.4) Población que atiende: Ver anexo I.

      g.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

      g.6) Mando del Parque: Suboficial de Bomberos.

    8. Parque de Peralta:

      h.1) Tipología: Parque Auxiliar y estacional de verano.

      h.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 14 bomberos y 7 cabos de bombero.

      h.3) Número de Intervenciones: 250.

      h.4) Población que atiende: Ver anexo I.

      h.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

      h.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

    9. Parque de Sangüesa:

      i.1) Tipología: Parque Auxiliar y estacional de verano.

      i.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 14 bomberos y 7 cabos de bombero.

      i.3) Número de Intervenciones: 300.

      i.4) Población que atiende: Ver anexo I.

      i.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

      i.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

    10. Parque de Tafalla:

      j.1) Tipología: Parque Apoyo y Estacional de verano.

      j.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 21 bomberos y 7 cabos de bombero.

      j.3) Número de Intervenciones: 900.

      j.4) Población que atiende: Ver anexo I.

      j.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

      j.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

    11. Parque de Tudela:

      k.1) Tipología: Parque de Zona y Estacional de verano.

      k.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 28 bomberos y 14 cabos de bombero.

      k.3) Número de Intervenciones: 1.200.

      k.4) Población que atiende: Ver anexo I.

      k.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

      k.6) Mando del Parque: Suboficial de Bomberos.

  2. Determinar las Zonas en las que se estructura territorialmente la Dirección de Prevención Extinción de Incendios y Salvamento de la Agencia Navarra de Emergencias y adscribir los Parques correspondientes según el siguiente detalle:

    1) Zona Pamplona: Adscribir a la misma los Parques de Pamplona y Auritz/Burguete. Al mando de la misma estará un Suboficial de Bomberos.

    2) Zona Tudela: Adscribir a la misma el Parque de Tudela. Al mando de la misma estará un Suboficial de Bomberos.

    3) Zona Noreste: Adscribir a la misma los Parques de Navascués y Sangüesa. Al mando de la misma estará un Suboficial de Bomberos.

    4) Zona Estella: Adscribir a la misma los Parques de Estella y Lodosa. Al mando de la misma estará un Suboficial de Bomberos.

    5) Zona Noroeste: Adscribir a la misma los Parques de Altsasu/Alsasua y Oronoz-Mugairi. Al mando de la misma estará un Suboficial de Bomberos.

    6) Zona Media: Adscribir a la misma los Parques de Tafalla y Peralta. Al mando de la misma estará un Suboficial de Bomberos.

  3. Publicar la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

    Pamplona, 31 de agosto de 2006._El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Javier Caballero Martínez.

ANEXO I

Población que atienden los Parques de Bomberos

Parques de bomberos:

  1. Parque de Altsasu / Alsasua.

  2. Parque de Auritz / Burguete.

  3. Parque de Estella.

  4. Parque de Lodosa.

  5. Parque de Navascués.

  6. Parque de Oronoz Mugairi.

  7. Parque de Pamplona.

  8. Parque de Peralta.

  9. Parque de Sangüesa.

  10. Parque de Tafalla.

  11. Parque de Tudela.

_Zona Pamplona:

.Parques de Pamplona y Auritz / Burguete.

.Mando un Suboficial de Bombero.

_Zona Tudela:

.Parque de Tudela.

.Mando un Suboficial de Bombero.

_Zona Noreste:

.Parques de Navascués y Sangüesa.

.Mando un Suboficial de Bombero.

_Zona Estella:

.Parques de Estella y Lodosa.

.Mando un Suboficial de Bombero.

_Zona Noroeste:

.Parques de Altsasu / Alsasua y Oronoz Mugairi.

.Mando un Suboficial de Bombero.

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