ORDEN FORAL 424/2000, de 17 de noviembre, del Consejero de Educación y Cultura por la que se modifica la Orden Foral 383/1999, de 10 de noviembre, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se regula la adscripción y se fijan las funciones de los Negociados y Unidades Técnicas del Departamento de Educación y Cultura.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 424/2000, de 17 de noviembre, del Consejero de Educación y Cultura por la que se modifica la Orden Foral 383/1999, de 10 de noviembre, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se regula la adscripción y se fijan las funciones de los Negociados y Unidades Técnicas del Departamento de Educación y Cultura.

El Decreto Foral 365/1999, de 13 de septiembre, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección de Educación, crea en su artículo 13.2 las Areas específicas de trabajo y, entre ellas, la de Escolarización. En artículo 14.4 del mismo Decreto Foral establece las funciones del Area de Escolarización, entre las que se encuentra la de presidir y formar parte de la Comisión de Escolarización.

El trabajo que implica el proceso de escolarización, tanto en las plazas que se establecen cada curso escolar, como a lo largo de todo el año, hace necesaria la presencia de una unidad administrativa que recoja, canalice y dé respuesta, previa decisión de la Comisión de Escolarización, a las múltiples demandas de los ciudadanos.

La Orden Foral 383/1999, de 10 de noviembre, del Consejero de Educación y Cultura, regula la adscripción y fija las funciones de los negociados y unidades técnicas del Departamento de Educación y Cultura. En esta Orden Foral figura adscrita al Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial y Nuevas Tecnologías la Unidad Técnica de Estadística, parte de cuyo trabajo se desarrolla al servicio de la Comisión de Escolarización, pudiendo el resto de sus funciones ser asumidas por la Unidad Técnica de Gestión de la Información, adscrita al Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial y Nuevas Tecnologías.

A la vista de lo anterior, y en aras de una mejor distribución del trabajo que redunde en una mayor eficacia y una mejora en la calidad del servicio que se presta a los ciudadanos, procede modificar la Orden Foral 383/1999, de 10 de noviembre, del Consejero de Educación y Cultura, citada, suprimiendo la Unidad Técnica de Estadística, cuyas funciones son asumidas por la Unidad Técnica de Gestión de la Información; y creando, adscrito al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, el Negociado de Escolarización.

En su virtud, y en aplicación del artículo 50.2 de la Ley Foral 23/83, de 11 de abril, reguladora del Gobierno de Navarra y de la administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Se suprime el apartado 15.5 y se...

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