DECRETO FORAL 14/2007, de 19 de febrero, por el que se aprueba la actuación en Infraestructuras Agrícolas mediante la concentración parcelaria y la modernización del regadío tradicional del término municipal de Cortes.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 14/2007, de 19 de febrero, por el que se aprueba la actuación en Infraestructuras Agrícolas mediante la concentración parcelaria y la modernización del regadío tradicional del término municipal de Cortes.

Por Orden Foral de 14 de abril de 2003, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, se inicia de oficio la actuación en Infraestructuras agrícolas en el regadío tradicional del término municipal de Cortes.

El objetivo de la actuación en infraestructuras agrícolas es, por un lado, ordenar la propiedad rústica con el fin de dotar a las explotaciones de una estructura y tamaño adecuados mediante la concentración parcelaria y por otro proceder a la modernización del regadío tradicional parte del cual se realizará con cambio de sistema de riego por inundación a sistemas de riego a presión.

Por Resolución 2583/2006, de 31 de octubre, del Director General de Medio Ambiente se formuló la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto de "Concentración Parcelaria y Modernización del Regadío de Cortes".

El artículo 12 de la Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de Infraestructuras Agrícolas, establece que la aprobación de una actuación en infraestructuras agrícolas corresponde al Gobierno de Navarra mediante Decreto Foral, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

En consecuencia, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día 19 de febrero de 2007,

DECRETO:

  1. Aprobación.

    Se aprueba la actuación en infraestructuras agrícolas, a realizar mediante la concentración parcelaria y la modernización del regadío tradicional del término municipal de Cortes.

  2. Declaración de utilidad y urgente ejecución.

    Se declara de utilidad pública y urgente ejecución la actuación en infraestructuras agrícolas, a realizar mediante la concentración parcelaria y la modernización del regadío tradicional en el término municipal de Cortes, a los fines expropiatorios de bienes y derechos, de ocupación temporal y permanente y creación de servidumbres permanentes o temporales que procedan.

  3. Obligatoriedad de la transformación.

    De acuerdo con el artículo 14 de la Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de Infraestructuras Agrícolas, la actuación en infraestructuras es obligatoria y, en el caso de no asumir los compromisos asociados a la transformación, podrá el titular afectado ser concentrado fuera de la zona regable o ser...

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