DECRETO FORAL 12/2008, de 3 de marzo, por el que se aprueba la actuación en Infraestructuras Agrícolas mediante la concentración parcelaria del término de Ozcoidi (Urraúl Alto).

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

Por Orden Foral 180/2004 de 2 de noviembre del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación se inicia la actuación en Infraestructuras agrícolas del término de Ozcoidi (Urraúl Alto).

El objetivo de la actuación en infraestructuras agrícolas es ordenar la propiedad rústica con el fin de dotar a las explotaciones de una estructura y tamaño adecuados mediante la concentración parcelaria.

Por Orden Foral 365/2007, de 26 de septiembre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente se formuló la Declaración de Impacto Ambiental sobre la Concentración Parcelaria de Ozcoidi.

El artículo 12 de la Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de Infraestructuras Agrícolas, establece que la aprobación de una actuación en infraestructuras agrícolas corresponde al Gobierno de Navarra mediante Decreto Foral, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

En consecuencia, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día tres de marzo de 2008,

DECRETO:

  1. Aprobación.

    Se aprueba la actuación en infraestructuras agrícolas, a realizar mediante la concentración parcelaria del término de Ozcoidi (Urraúl Alto).

  2. Procedimiento a emplear.

    Se considera conveniente emplear el procedimiento normal recogido en el Título I Capítulo IV de la Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de Infraestructuras Agrícolas.

  3. Declaración de utilidad y urgente ejecución.

    Se declara de utilidad pública y urgente ejecución la actuación en infraestructuras agrícolas, a realizar mediante la concentración parcelaria, en el término de Ozcoidi (Urraúl Alto), a los fines expropiatorios de bienes y derechos, de ocupación temporal y permanente y creación de servidumbres permanentes o temporales que procedan.

  4. Descripción del Proyecto.

    En el Proyecto Básico se contempla la construcción de 4 caminos de 4 m de anchura de rodadura y varios caminos para acondicionar de 4 m de ancho, con un total de 5.430 m de longitud, de los cuales 4.430 m son de nueva construcción y 1.000 m son caminos para acondicionar.

    El trazado de los caminos discurrirá, siempre que sea posible, por los caminos de traza antigua y se han diseñado teniendo en cuenta la previsible distribución de las fincas resultantes de la Concentración Parcelaria, la red viaria existente en la zona, la topografía del terreno y las comunicaciones con las zonas colindantes.

    Los drenajes se limitarán a construcciones de...

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