ORDEN FORAL 177/2012, de 30 de marzo, de la Consejera de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente, por la que se autoriza la encomienda de gestión al Instituto de Salud Pública para la contratación de la empresa auditoria que realizará las auditorías sobre los controles oficiales en la cadena alimentaria en el año 2012.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El artículo 4.6 del Reglamento (CE) 882/2004, de 29 de abril, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos, de la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales establece que las autoridades competentes realizarán auditorías internas o podrán ordenar la realización de auditorías externas. Corresponde a las autoridades sanitarias en materia de seguridad alimentaria, sanidad animal y bienestar animal poner en marcha las auditorías de los controles oficiales que se están ejecutando en el marco del Plan Nacional de control de la cadena alimentaria 2011-2015.

Por Resolución 247/2012, de 6 de marzo, del Director General de Agricultura y Ganadería se pone a disposición del Instituto de Salud Publica un importe de 12.000 euros para la realización de dos auditorías a los programas de control oficial en materia de seguridad alimentaria, sanidad y bienestar animal.

El Instituto de Salud Pública realizará los trámites necesarios para la contratación de la empresa auditoria externa y formalizará el contrato administrativo de asistencia para la auditoría de los controles oficiales en la cadena alimentaria, de forma conjunta, del Departamento de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente y el Departamento de Salud.

El artículo 30 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra establece que los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra podrán encomendar a otros órganos la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de su competencia, por razones de eficacia o cuando no posean los medios técnicos idóneos para su desempeño. La encomienda de gestión a un órgano administrativo de distinto Departamento a aquél al que pertenezca el órgano encomendante o la efectuada a favor de un organismo público dependiente de otro Departamento de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, precisará autorización de...

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