ORDEN FORAL 11/2004, de 27 de abril, de la Consejera de Salud, por la que se establecen las unidades de pago a aplicar a los Convenios de Colaboración para tratamiento de drogodependencias durante el año 2004.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 11/2004, de 27 de abril, de la Consejera de Salud, por la que se establecen las unidades de pago a aplicar a los Convenios de ColaboraciÛn para tratamiento de drogodependencias durante el aÒo 2004.

El Decreto Foral 196/1994, de 17de octubre, regula los Convenios de ColaboraciÛn con Programas y Comunidades TerapÈuticas para tratamiento de drogodependientes y en su artÌculo 4, se establece que el sistema de pago ser· por unidades de persona/dÌa de estancia y permitir· la participaciÛn del usuario en el pago de una parte del coste de la estancia.

En el citado artÌculo se establece que anualmente el Consejero de Salud establecer· el valor de la unidad de pago atendiendo a criterios econÛmicos de calidad de los servicios y de incentivaciÛn de la actividad necesaria para una correcta prestaciÛn del servicio.

El Decreto Foral 208/2000, de 12 de junio, modifica el Decreto Foral 196/1994, en el sentido de establecer una nueva modalidad de asistencia denominada en rÈgimen de estancia parcial, (servicio de dÌa).

En su virtud a propuesta del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea,

ORDENO:

  1. Establecer las siguientes unidades de pago por persona/dÌa de estancia en Programas y Comunidades TerapÈuticas que hayan suscrito Convenio de ColaboraciÛn con el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, para el aÒo 2004, y con efectos desde el 1 de enero.

    En modalidad de asistencia Ordinaria: 41,42 euros (cuarenta y un euros con cuarenta y dos...

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