ORDEN FORAL 643/2004, de 21 de junio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación número 28 de las Normas Subsidiarias de Aranguren, Sector Ciudad Deportiva C.A. Osasuna de Tajonar, promovido por los propietarios del Sector.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 643/2004, de 21 de junio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación número 28 de las Normas Subsidiarias de Aranguren, Sector Ciudad Deportiva C.A. Osasuna de Tajonar, promovido por los propietarios del Sector.

El Ayuntamiento de Aranguren ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva, con las determinaciones señaladas en la parte dispositiva de esta Orden Foral.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Aranguren, modificación número 28 de las Normas Subsidiarias de Aranguren, Sector Ciudad Deportiva C.A. Osasuna de Tajonar, promovido por los propietarios del Sector, con las siguientes determinaciones:

    1. El Proyecto de Urbanización del Sector deberá contar con informe favorable del Departamento de Obras Públicas respecto a los elementos del sistema de conexiones del sector con la red de carreteras, incluidos los elementos del viario interior del sector que puedan afectar al funcionamiento general de la red.

    2. El Proyecto de Urbanización del Sector deberá contar con informe favorable de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, en relación a su coordinación con el Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Abastecimiento de la Comarca de Pamplona, desde el Canal de Navarra.

  2. El Ayuntamiento del Valle de Aranguren tomará en consideración el resto de contenidos del Informe del Servicio de Ordenación del Territorio de 17 de junio de 2004, y en particular el que se refiere a la coordinación con el desarrollo del adyacente Sector Berroa (Modificación número 26, de las Normas de Aranguren).

  3. Señalar...

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