ORDEN FORAL 361/2006, de 5 de octubre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de los artículos 31, 32 y 35 de la Normativa Urbanística General del Plan Municipal de Pamplona, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 361/2006, de 5 de octubre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de los artículos 31, 32 y 35 de la Normativa Urbanística General del Plan Municipal de Pamplona, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

El Ayuntamiento de Pamplona ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva, quedando la redacción del artículo 35.2 de la Normativa Urbanística General de la siguiente forma:

"35.2._En los nuevos suelos urbanizables y unidades de ejecución de suelo urbano no consolidado, los garajes en sótanos que superen las dos plazas por vivienda o por cada 100 m² construidos de otros usos, computan a efectos de aprovechamiento urbanístico, salvo que el Ayuntamiento justifique documentalmente, que en el entorno de la actuación el grado de consolidación de la urbanización y edificación impide resolver la demanda del estándar legal de aparcamientos.

En sótanos tampoco se computará la de los trasteros menores de 15 m2, siempre que su número no sea superior a uno por vivienda, cuartos de instalaciones y accesos".

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente modificación de los artículos 31, 32 y 35 de la Normativa Urbanística General del Plan Municipal de Pamplona, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

  2. Instar al Ayuntamiento a remitir a este Departamento, en el plazo de tres meses desde la notificación de esta Orden Foral, un Texto Refundido debidamente diligenciado que recoja las modificaciones introducidas durante la tramitación...

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