RESOLUCIÓN 158/2010, de 13 de abril, de la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación, por la que se aprueban las Bases de la Convocatoria pública para la asignación de recursos económicos y humanos para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales, en los centros concertados de la Comunidad Foral de Navarra, para el curso 2010/2011.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

La Ley Foral 16/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2010, establece en su artículo 37.6 que los centros docentes concertados de Educación Infantil y Enseñanzas Obligatorias que atiendan al alumnado con necesidades educativas especiales o en situaciones sociales o culturales desfavorecidas, contarán con otros recursos económicos y humanos y que estos recursos se asignarán con los informes técnicos precisos, previa convocatoria pública aprobada por el Departamento de Educación, siendo necesario proceder a la aprobación de la correspondiente convocatoria para la asignación de los recursos necesarios para el curso 2010/2011.

El Gobierno de Navarra, mediante acuerdo de fecha 22 de febrero de 2010 aprobó un gasto plurianual de 3.761.595,96 euros para la financiación de dicha convocatoria.

Por lo que, visto el informe favorable de la Directora del Servicio de Diversidad, Orientación y Multiculturalidad en el que se propone la aprobación de las bases de la convocatoria pública para la asignación de recursos humanos y económicos para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales, en los centros concertados de la Comunidad Foral de Navarra, para el curso 2010/2011.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1.d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

  1. Aprobar las Bases Reguladoras de la Convocatoria Pública que permita el logro de la compensación educativa mediante la asignación y concesión de los recursos necesarios para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales y otras necesidades específicas de apoyo educativo, en los centros concertados de la Comunidad Foral de Navarra, para el curso 2010/2011.

  2. Aprobar un gasto máximo para la financiación de los recursos humanos y económicos objeto de esta convocatoria por un total de 3.761.595,96 euros, desglosado en:

    1.238.306,77 euros a cargo a la partida 410003-41140-4811-322000, "Necesidades educativas específicas. Subvención a la enseñanza privada" del presupuesto de 2010.

    El resto de 2.523.289,19 euros con cargo a las partidas presupuestarias que con la misma denominación se habiliten en el presupuesto de gastos del año 2011.

  3. Publicar la presente Resolución y sus Anexos I, II, y III, en el Boletín Oficial de Navarra.

  4. Trasladar la presente Resolución y sus Anexos al Interventor delegado del Departamento de Economía y Hacienda en Educación, a los Servicios de Diversidad, Orientación y Multiculturalidad, Inspección Técnica y de Servicios, Recursos Humanos y de Centros, Ayudas al Estudio y Estudios Económicos, a la Presidenta de la Comisión de Escolarización, a las Secciones de Centros Escolares y de su Financiación y de Necesidades Educativas Especiales, al Negociado de Conciertos Educativos, al Negociado de Gestión Económica y al Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra, a los efectos oportunos.

    Pamplona, 13 de abril de 2010.-La Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación, Teresa Aranaz Jiménez.

ANEXO I

Bases Reguladoras de la Convocatoria Pública de asignación y concesión de los recursos necesarios para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales y otras necesidades específicas de apoyo educativo que permita el logro de la compensación educativa en los centros concertados de la Comunidad Foral de Navarra, para el curso 2010/2011

  1. Objeto de la convocatoria.

    Es objeto de la presente Convocatoria la asignación y concesión de recursos humanos y económicos a los centros concertados que escolarizan alumnado con necesidades educativas especiales y otras necesidades específicas de apoyo educativo en Educación Infantil, Enseñanza Básica, y Enseñanza Postobligatoria (En esta etapa únicamente y de manera extraordinaria por los perfiles de intérprete de Lengua de Signos Española y de cuidador para alumnado con discapacidad motora).

    A los efectos de esta convocatoria se entiende por alumnado con necesidades educativas especiales, a los que hace referencia el artículo 73 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de la Educación, que requiera, por un periodo de escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta.

    Se concederán los recursos que se estimen necesarios para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales mediante la modificación, reducción o supresión, en su caso, de los recursos humanos concedidos en el curso 2009-2010, y asignación de nuevos recursos donde se detecten más o nuevas necesidades.

    No se incluyen en esta convocatoria los centros concertados específicos de Educación Especial ni el alumnado atendido en Unidades de Transición/Trastorno Generalizado del Desarrollo en centros de Educación Infantil y Primaria ni el alumnado atendido en Unidades de Currículo Especial de Educación Secundaria (salvo para el recurso de cuidador si las necesidades se derivan de discapacidad motora), que ya cuentan con los correspondientes conciertos educativos específicos. Tampoco se incluyen los recursos para la adopción previa de adaptaciones curriculares y de otras medidas ordinarias de atención a la Diversidad que presente el alumnado con retraso escolar porque dichos recursos están incluidos en las dotaciones del concierto ordinario.

    En consecuencia, los recursos que se concedan por modificación o prórroga de los existentes o asignación de otros nuevos en aplicación de esta Resolución se destinarán íntegramente a alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones personales de discapacidad física, psíquica, sensorial o por manifestar enfermedad mental grave o trastorno grave de conducta, escolarizados en modalidad de integración en centro ordinario y otras necesidades específicas de apoyo educativo.

    El alumnado al que se refiere la presente convocatoria y para el que se solicita recursos especializados, debe pertenecer a alguna de las categorías diagnósticas que se señalan en las tablas 1 y 2 del Anexo II.

  2. Plazo de solicitud y documentación que se deberá aportar.

    2.1.a) Los centros concertados que tengan escolarizado alumnado con las características enunciadas anteriormente, presentarán instancia de solicitud dirigida al Servicio de Diversidad, Orientación y Multiculturalidad de este Departamento en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra, en el Registro del Departamento de Educación, en los lugares determinados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o a través del Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra a que se refiere el Decreto Foral 70/2008, de 23 de junio.

    2.1.b) Para solicitar los recursos humanos que se dejan en reserva que se mencionan en el punto 5.4 de este Anexo, el plazo de presentación de instancias finalizará el 13...

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